Comunicado del GIE sobre el incendio de Valencia

El Grupo de Incendios Estructurales (GIE), que está formado por profesionales de servicios de extinción en España, con el objetivo de elaborar documentación y operativa de referencia relativa a incendios estructurales alineada con la doctrina internacional, ha emitido el siguiente comunicado sobre el incendio de Campanar Valencia del 22/02/2024. Autor: GIE, Grupo de Incendios Estructurales (www.grupoincendiosestructurales.com) Publicación: Web OPRA www.opra.info • 1 de marzo de 2024 Comunicado del GIE sobre el incendio de Campanar Valencia 22/02/2024 La ciudad de Valencia sufrió el pasado 22 de febrero de 2024 en el barrio del Campanar uno de los incendios más graves en la historia reciente. Un incendio excepcional por su naturaleza y rápida propagación que causó diez víctimas mortales, daños personales en ocupantes e intervinientes así como importantes daños materiales. El GIE quiere expresar sus condolencias con las familias de los fallecidos y su solidaridad con los afectados de esta tragedia. Lo perdieron todo, incluso la vida, en un lugar en el que debían sentirse en seguridad. Empieza ahora para vecinos e intervinientes un camino de recuperación emocional que durará tiempo y que debe aunar el apoyo ciudadano, profesional e institucional. El incendio en Campanar es el primero en su tipología y magnitud en España: un incendio generalizado de la envolvente del edificio para el que no hay servicio de bomberos que, a día de hoy, disponga de los medios ni de la preparación que hubieran permitido atajar semejante incidente. Los bomberos en Campanar asumieron riesgos muy por encima de lo que resulta razonable. De forma simultánea al operativo exterior de control de la propagación y rescate por fachada, se realizaron largas operaciones de búsqueda y rescate por el interior del edificio en llamas. La diligencia, profesionalidad e instinto de los bomberos intervinientes evitó una tragedia mayor y, desde el GIE, sólo podemos respaldarla. Cuando los pasillos y cajas de escalera que conforman la vía de evacuación de un edificio están expuestos a las llamas o humo del incendio, la evacuación sin medios de protección respiratoria y térmica es inviable: una muerte probable por intoxicación o quemaduras. La ciencia en protección contraincendios y la experiencia en intervención ha demostrado que la opción mas segura cuando la evacuación es inviable es el confinamiento en la propia vivienda hasta que se produzca el rescate por parte de los bomberos. Estas pautas de autoprotección siguen vigentes y solamente en edificaciones afectadas por la solución constructiva en cuestión (fachadas ventiladas con paneles sándwich con relleno combustible) debe evaluarse junto a los servicios de bomberos una potencial adaptación de las medidas de autoprotección para favorecer la evacuación temprana; en ningún caso cuando las vías de evacuación ya estén comprometidas. El incendio de Campanar ha tenido una cobertura mediática en tiempo real. Algunas de las opiniones vertidas sin información suficiente alimentaron un desafortunado juicio paralelo y sembraron dudas infundadas sobre el operativo desarrollado por los bomberos. Los nuevos usos, el desarrollo de nuevas tecnologías y la adopción de nuevas soluciones constructivas imponen retos a la protección contraincendios en un marco de vacío normativo. Las conclusiones de los informes ligados a este incidente deben servir de punto de partida para la mejora de la protección y respuesta contraincendios; el recuerdo de la tragedia lo es también del deber de profesionales y legisladores para llevar estos cambios a término.

Artículo relacionado: El edificio de Valencia no cumplía las condiciones exigibles para su evacuación

Artículo relacionado: Incendios estructurales de nueva generación

Artículo relacionado: ¿Por qué el edificio de Valencia no cumplía la normativa de incendios?

Artículo relacionado: Incendio en Valencia ¿tomar medidas en caliente? 

Incendios estructurales de nueva generación

Vaya por delante que no tengo experiencia en grandes incendios forestales, pero como profesional en la gestión de emergencias, sigo atentamente toda su evolución y cronología, así como las lecciones aprendidas que los expertos en la materia van divulgando según se van enfrentando a estos nuevos monstruos del siglo XXI. Autor: Mikel González De Reparaz. Suboficial del SPEIS de Vitoria-Gasteiz (@MKL_GR) Publicación: Web OPRA www.opra.info • 1 de marzo de 2024 En el caso de los incendios estructurales, por contra, sí que me ha tocado gestionar alguno que otro, y además, afortunadamente, he tenido el privilegio de recibir formación de los que a día de hoy están marcando tendencia en la manera de hacerles frente, el Grupo de Incendios Estructurales (GIE)1.
En forestales vamos por la sexta generación de incendios y en estructurales en una nueva, sin número, pero nueva.
Por otro lado, creo que todos aquellos que nos dedicamos a la extinción de incendios en general, aún miramos sorprendidos las imágenes del incendio estructural del barrio de Campanar. Cada imagen nueva que nos llega, la miramos una y otra vez buscando una explicación o cualquier detalle que nos ayude a entender el antes, el durante y el después de cada momento, pensando en qué haríamos si algún día tenemos que acudir a un aviso de tal magnitud.
22-02-2024. Incendio estructural en la Avda. General Avilés, barrio de Campanar, Valencia. Foto: RTVE.
Incendios de nueva generación En esta fase de análisis en bucle, que los denominados fireneds estamos inmersos en estos últimos días, cada vez encuentro más analogías entre los conocidos incendios forestales de sexta generación y los incendios estructurales de fachada. Con toda la cautela y prudencia del mundo, subrayo que aún quedan muchos capítulos por conocer y escribir de esta película de terror en que se convirtió el gran incendio de Valencia que aún humea. Aunque lo que sí que voy encontrando son una serie de semejanzas entre estos dos tipos de incendios que a priori, o en unas generaciones pasadas, podrían parecer tan diferentes.
  • Incendios fuera de la capacidad de extinción
  • Alta probabilidad de atrapamiento de personas
  • Gran despliegue de recursos humanos y materiales pertenecientes a diferentes Cuerpos de Bomberos
  • Dificultades en llegar al lugar de las llamas
  • Altísimas velocidades de propagación de las llamas
  • Elevada potencia de incendio
  • Proyección de material en combustión lejos de la zona principal del incendio
  • Influencia de las condiciones climáticas adversas como el viento
  • Evacuaciones y confinamientos de ciudadanos
  • Intervención de numerosas agencias que configuran la Seguridad Pública
  • Necesidad de la puesta en marcha de un Sistema Razonado de Toma de Decisiones único por todos los intervinientes
A modo de resumen, aprecio, que los nuevos y voraces incendios estructurales y forestales a los que nos enfrentamos comparten los estándares citius, altius, fortius (más rápido, más alto, más fuerte). Por lo que la única fórmula para enfrentarnos a ellos, debe combinar la prevención y el análisis, práctica y mejora continua en la parte operativa, ya que el grado de destrucción y desolación que provocan es el mismo en los montes que en las ciudades. Para terminar, solo me queda transmitir todo mi apoyo a familiares y allegados de los fallecidos y a todas las personas que lo han perdido todo. Así como mi reconocimiento y admiración a los intervinientes que se la jugaron, sí, se la jugaron en mayúsculas, tomando decisiones críticas y urgentes en un escenario de máxima complejidad.  1 El Grupo de Incendios Estructurales (GIE) está formado por profesionales de servicios de extinción en España, con el objetivo de elaborar una documentación de referencia relativa a incendios estructurales que goce del más amplio consenso y alineamiento con la doctrina internacional en la materia.

Artículo relacionado: Comunicado del GIE sobre el incendio de Valencia

Artículo relacionado: ¿Por qué el edificio de Valencia no cumplía la normativa de incendios?

Artículo relacionado: Incendio en Valencia ¿tomar medidas en caliente?

¿Por qué el edificio de Valencia no cumplía la normativa de incendios? [26/02/2024]

Dando por sentado que el edificio incendiado obtuvo licencia de obras después de 1996, la normativa contra incendio que le sería de aplicación sería la Norma Básica de la Edificación sobre Condiciones de Protección Contra Incendio en los Edificios vigente en aquella época, conocida como NBE-CPI 96. Autor: Fernando Bermejo Martín. Inspector-jefe (jubilado) del Servicio de Bomberos de Badajoz / Expresidente de la Asociación de Profesionales de Ingeniería de Incendios (APICI) Publicación: Web OPRA www.opra.info • 26 de febrero de 2024 Dicha norma en su artículo 4.1 establecía que “Los edificios y los establecimientos estarán compartimentados en sectores de incendios mediante elementos cuya resistencia al fuego sea la que se establece en el artículo 15, de forma tal que cada uno de dichos sectores tenga una superficie construida menor que 2.500 m².” Aunque ese mismo artículo establece excepciones a ese precepto, en algunos casos elevando la exigencia (como para el uso Hospitalario) y en otros rebajándola (como para uso de Garaje o Aparcamiento, por ejemplo), no se establece ninguna excepción para el uso de Vivienda. Esto implica que el edificio incendiado debería haber estado dividido en varios sectores de incendio sin que ninguno de ellos pudiera superar 2.500 metros cuadrados de superficie. Compartimentación y Resistencia al fuego Referente a la resistencia al fuego que deben tener los elementos de compartimentación en sectores de incendio, el artículo 15.1 de la citada NBE-CPI-96 establece que: “Los forjados que separan sectores tendrán una resistencia al fuego (RF) al menos igual a la estabilidad al fuego (EF) que les sea exigible conforme al art. 14.” En aplicación del artículo 14 referenciado, los forjados que separaban un piso de otro debían tener una resistencia al fuego de 120 minutos dado que la máxima altura de evacuación del edificio era superior a 28 metros. Por otro lado, el artículo 15.4 a) establece que: “Las paredes que separan una vivienda de otra, …, así como las que separan los citados recintos de pasillos, de zonas comunes o de otros locales, serán como mínimo RF-60.” Es decir, que, como mínimo la compartimentación entre viviendas debería tener una resistencia al fuego de 60 minutos. Así pues, cada sector de 2.500 m2 máximos en que se debería haber compartimentado el edificio debería tener dos horas de resistencia al fuego entre forjados y una hora en la separación de tabiques verticales entre un sector y otro. El artículo 15.2.2 referente a medianerías y fachadas prescribe que “Cuando una medianería, un forjado o una pared que compartimenten sectores de incendio… acometan en una fachada, la resistencia al fuego de ésta será al menos igual a la mitad de la exigida al elemento de que se trate, en una franja cuya anchura sea igual a 1 m.” Esto implica que en la fachada debería haber varias zonas de una anchura de al menos 1 metro con una resistencia al fuego de 60 minutos (en los encuentros entre forjados) o 30 minutos (en los encuentros entre tabiques verticales). En ningún caso sería aceptable una fachada continua que incumpliese esos criterios. ¿Hay excepciones? Bien es verdad que el artículo V.15.3. relativo al uso de Vivienda parece tratar de establecer una excepción diciendo que “Las exigencias de resistencia al fuego de medianerías, fachadas y cubiertas, establecidas en el punto 2 del apartado 15.2 y en los puntos 2 y 3 del apartado 15.3, solamente serán aplicables cuando las zonas destinadas a usos distintos del de Vivienda superen los límites de superficie establecidos en el apartado 7.1.7.” El comentario asociado a este mismo artículo en la norma dice: “La excepción que presenta el articulado pretende que la existencia en un edificio de uso Vivienda de un establecimiento de pequeña superficie con uso distinto no obligue a modificar la fachada, o la medianería o la cubierta.” Este comentario deja claro que la excepción sería de aplicación a establecimientos de pequeña superficie integrados en edificios de vivienda, sin embargo el artículo 7.1.7 que trata de la necesaria independencia de los recorridos de evacuación entre distintos usos no cita ninguna superficie máxima para establecimientos de uso Comercial o de Pública Concurrencia contenidos en edificios de otros usos (por ejemplo de vivienda) por lo que no se circunscribe a establecimientos de pequeña superficie y habla de superficies de 2.500 m2 para uso Residencial o Administrativo, pero un establecimiento de oficinas de 2.400 m2 no puede considerarse como de pequeña superficie. El artículo que sí establece qué deben considerarse establecimientos de pequeña superficie integrados en un edificio de viviendas es el V.4.3., subapartado relativo a viviendas del artículo 4.3. Este artículo 4.3 dice: “Todo establecimiento contenido en un edificio constituirá uno o varios sectores de incendio diferencia-dos del resto del edificio.”, y lleva asociado el siguiente comentario: “La actividad y el régimen de funcionamiento de un establecimiento exigen que se configure como un ámbito de riesgo diferenciado de cualquier otro establecimiento y del resto del edificio, a fin de evitar posibles daños a terceros y delimitar, en lo posible, la incidencia de un incendio sobre zonas contiguas, cuyo nivel de riesgo puede ser sensiblemente inferior al de aquella en la que se declare el posible siniestro.” El subartículo V.4.3 dice: “Los establecimientos contenidos en edificios de uso Vivienda y destinados a uso Docente, Administrativo o Residencial, no precisan constituir sector de incendio, cuando su superficie construida no sea mayor que 500 m². No obstante, las paredes que delimitan dichos establecimientos tendrán al menos la misma resistencia al fuego RF-60 exigida a las paredes que delimitan viviendas, según el apartado 15.4.a).” Está claro, pues, que esas son las superficies máximas de establecimientos de pequeña superficie destinados a uso distintos de vivienda para las que no se establecen restricciones en cuando se integran en edificios de viviendas. El espíritu de la Norma Estas incongruencias solo pueden interpretarse adecuadamente aplicando el espíritu de la norma que queda claro en el Real Decreto que la aprueba y que no es otro que “establecer las condiciones que deben reunir los edificios para la protección y seguridad de las personas frente a riesgos originados por los incendios.” Y es claro que una fachada continua realizada con materiales no resistentes al fuego vulnera las exigencias de compartimentación exigibles para protección de los ocupantes del edificio. Esta interpretación está contrastada por la modificación normativa posterior que impide esta solución constructiva potencialmente letal. En cualquier caso, en su día, una interpretación restrictiva que primase la seguridad de los ocupantes del edificio podía haber conducido a la denegación de la licencia al edificio del que nos ocupamos salvo que estableciera cortafuegos en la fachada. Algo que habría sido muy deseable, visto lo visto. Todo lo anterior permite deducir a quien suscribe que no puede considerarse válido el criterio de que no había exigencias normativas que exigiesen la compartimentación del edificio ni tampoco para las características de la fachada en el momento en que se concedió licencia al edificio siniestrado en Valencia. Más bien cabe deducir que se aplicó un criterio laxo por parte de quien proyectó el edificio y quien lo autorizó, porque una interpretación de la norma que tuviera en cuenta el claro espíritu de la misma no habría permitido el diseño que se ejecutó, lo que no hubiera tenido las consecuencias que hemos visto. Se primó la estética y la economía sobre la seguridad de las personas. Desgraciadamente.

Artículo relacionado: Comunicado del GIE sobre el incendio de Valencia

Artículo relacionado: Incendios estructurales de nueva generación

Artículo relacionado: Incendio en Valencia ¿tomar medidas en caliente? 

Incendio en Valencia ¿tomar medidas en caliente? [23/02/2024]

Siempre que ocurre una tragedia y alguien pide hacer algo inmediatamente, también hay alguien que dice aquello de “no hay que tomar medidas en caliente”. Discrepo frontalmente de ello.

Se confunden dos cosas, que a mi juicio son totalmente diferentes, como son la de “tener la cabeza fría” cuando se toman decisiones y la de esperar a que “el tema se enfríe”.

Sobre la primera, tener la cabeza fría al tomar decisiones, estoy absolutamente de acuerdo. Todas las decisiones tienen que haber sido estudiadas, trabajadas y analizada su viabilidad y efectos sin angustias ni tensiones. Es así, no se puede implantar lo primero que le pasa a uno por la cabeza en una situación de estrés. Pero sobre la segunda, dejar que el tema se enfríe, para nada, porque el tema no se enfriará, se congelará y volverá a quedar en el olvido hasta la siguiente vez, que con seguridad ocurrirá y volveremos a repetir el proceso de enfriar y congelar. ¿Qué creo que debe hacerse en este caso? Dos cosas: 1.- Dejar que Valencia estudie, analice y saque sus conclusiones sobre lo pasado con los tiempos que sean necesarios. Está la ciudad en una situación de impacto que seguro precisa la colaboración de todo el mundo para que sin presiones ni prisas se estudie el caso y se den la respuesta a todos los “por qués”. Pero eso sí, hay que ir hasta el final. Demasiadas veces hemos visto como en determinadas tragedias los análisis dejan de hacerse antes de tiempo por aquello de “cerrar heridas cuanto antes”. Estoy seguro que Valencia irá hasta dicho final, tiene grandes profesionales con capacidad y experiencia contrastada. Sólo necesitan que les dejen trabajar. 2.- Que todos los demás sitios donde la prevención no estaba entre las prioridades, lo esté. Y esto hay que hacerlo en caliente. Hay que hacerlo ya.

– Sí, no me digas que no es el momento, porque lo es. Saca el escrito donde te decían que había que mejorar la prevención y convoca una reunión “mañana”. No dejes que se enfríe, salvo que aproveches la ocasión para congelarlo otra vez.

– “Y si” no lo ha propuesto nadie?

– Proponlo tú. Es el momento.

Los SPEIS (Servicios de Prevención, Extinción de Incendios y Salvamento), precisan un fuerte apoyo y empuje en sus trabajos de prevención en muchos lugares de nuestro país, hay que hacerlo.  Y sí también, en esta cuestión, deben aparecer los sindicatos en cuyas pancartas y reivindicaciones no suele aparecer este término. Es calidad de los servicios públicos. Hace falta más gente que haga prevención ¿por qué no se pide? Es el momento, sí ahora, en caliente.

Artículo relacionado: Comunicado del GIE sobre el incendio de Valencia

Artículo relacionado: Incendios estructurales de nueva generación

Artículo relacionado: ¿Por qué el edificio de Valencia no cumplía la normativa de incendios?

Hay que cambiar la legislación de incendios en RESIDENCIAS

Tres nuevas ancianas muertas en una residencia en la Comunidad de Madrid (España) ponen de actualidad la propuesta de este Observatorio de modificar la legislación española de protección contra incendios en las residencias de mayores, que son los edificios públicos en que más muertes por incendio se producen.

Autor: Javier Larrea. Presidente del Observatorio de Prevención de Riesgos y Accidentes
Publicación: Web OPRA www.opra.info • 21 de febrero de 2024

No voy a rehacer el listado trágico de los incendios de residencias con víctimas mortales, pero sí que voy a repetir lo dicho en algunos artículos anteriores y voy a recordar lo que sabemos hasta ahora y replicar las lecciones que ya deberíamos haber aprendido.

  • Cada cierto tiempo se producen incendios en las residencias geriátricas.
  • Gran parte de estos incendios fatales se producen por la noche.
  • A la vista de los resultados la detección de incendios existente no es capaz de alertar de una forma lo suficientemente temprana como para poder actuar en la extinción del incendio.
  • Sería necesaria una detección precoz para poner en marcha una evacuación eficaz de las personas residentes, muchas de ellas incapacitadas para hacerlo por su cuenta.
  • En las residencias no se dispone por la noche de suficiente personal como para realizar una evacuación rápida de todas las posibles personas (muchas de ellas con problemas de movilidad) que se encuentren en el sector de incendio afectado por el fuego y humo.
  • No parece que se cumpla el artículo 19 de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales que exige que “el empresario deberá garantizar que cada trabajador reciba una formación teórica y práctica, suficiente y adecuada, en materia preventiva”.

Lecciones por aprender

Resulta evidente que tras cada incendio trágico nadie hace balance ni análisis ni prospección alguna sobre lo ocurrido con fines preventivos, por lo que no se culmina en esas enseñanzas que se suelen llamar “lecciones aprendidas”. Como esto no ocurre, me permito aportar lo que voy a llamar “lecciones por aprender”:

  • Los inspectores no solo deben visitar las instalaciones, además deben de inspeccionarlas.
  • La legislación debe regular sin lugar a ninguna duda que todos los espacios de todos los edificios utilizados como residencias de mayores pertenecen al uso Hospitalario y deben exigírseles las medidas de PCI de este uso edificatorio, y sin resquicios para que se puedan considerar otros usos dentro del mismo volumen edificatorio.
  • Necesidad de modificar la legislación de protección contra incendios en los edificios de uso hospitalario para que proteja a las personas independientemente de la altura, superficie u ocupación del edificio. Ver artículo ¿A quién protege la legislación de PCI?
  • La instalación de detección de incendios en las residencias debe abarcar todos los espacios incluyendo dormitorios y baños.
  • En las residencias se debe habilitar una sala o espacio para fumadores, por supuesto, con detección de incendios.
  • Se debe permitir que en las residencias haya habitaciones de fumadores donde los fumadores puedan fumar sin causar perjuicio a los demás ocupantes del edificio. Por supuesto con detección de incendios.
  • La dirección y personal de las residencias deben ser absolutamente intolerantes con el hábito de fumar fuera de las zonas permitidas.
  • Suele ocurrir que algunas actividades se establecen en municipios próximos a las capitales, en parte porque los terrenos y las construcciones son más baratas y también porque los ayuntamientos son más laxos en la concesión de licencias y ocurre en que en las poblaciones de la provincia no es de aplicación la ordenanza municipal de incendios de la capital por lo que hay menos exigencias. Los jefes de bomberos comarcales y provinciales han de ser el motor de la reivindicación de Ordenanzas provinciales de incendios, ya que les debería preocupar la desprotección de los ciudadanos que atienden, en comparación con los de las capitales que sí que tienen Ordenanza municipal de prevención de incendios.
  • Se debe equipar a las residencias y geriátricos con colchones ignífugos.
  • Más allá de la viabilidad económica de las residencias, ha de reflexionarse sobre la “sostenibilidad de la seguridad” en las pequeñas residencias donde tan solo hay una o dos personas al cargo de todos los residentes durante la noche, cuando todos sabemos que en caso de incendio no podrán realizar apenas ninguna tarea de las exigibles en un plan de autoprotección factible.
  • Se ha de reforzar la formación de los empleados de las residencias en prevención de incendios y en qué hacer en caso de emergencia.
  • Naturalmente, los servicios de bomberos han de realizar las investigaciones pertinentes que les puedan aportar información suficiente de por qué se ha producido el incendio, su propagación y las razones porque se han producido las víctimas y cómo podrían haberse evitado.

Y, por supuesto, los departamentos de prevención de los servicios de bomberos deberían inspeccionar con regularidad estos edificios donde debemos garantizar que nuestros mayores disfruten con la máxima seguridad del tiempo de vida que les queda.

Una nueva legislación

  • El objetivo de la nueva legislación debe partir del principio de que la seguridad contra incendios ha de ser la protección de los ocupantes y usuarios, no de los edificios. En vez de edificios o locales, o espacios de riesgo especial, hay que hablar de personas, de ocupantes vulnerables.
  • Una nueva normativa tiene que considerar la detección de incendios obligatoria en todos los locales de las residencias de mayores, o personas que tienen limitada su movilidad. Y hay que dar el paso para exigir la extinción automática en todos los espacios sin excepción: una habitación de una residencia tiene que ser un santuario de la seguridad.

Es muy probable que los técnicos del gobierno del Estado responsables de promover los cambios de la normativa de protección contra incendios de España no lean los artículos de este portal, así que, si tienes acceso a ellos, por favor, házselo llegar.

Artículo relacionado: Incendios en residencias: una legislación obsoleta

Artículo relacionado: Prevención de incendios en residencias

Artículo relacionado: Una tragedia que se repetirá

El “Popurrí” de los números de teléfono de emergencias [21/02/2024]

Hace unos días, me dio por consultar en “ChatGPT” cuáles eran los números de teléfono que hay en España de tres cifras destinados a servicios de emergencia, asistencia y consultas específicas, y cuál fue mi sorpresa cuando me ofreció un listado de más de 20 contactos. Autor: Francisco Echeverría. Doctor por la Universidad Pública de Navarra Publicación: Web OPRA www.opra.info • 21 de febrero de 2024 La información que me brindó ChatGPT terminaba con la coletilla de: “Estos son algunos de los números de tres dígitos utilizados en España para servicios específicos. Puede haber otros números regionales o locales para servicios más especializados o de ámbito comunitario” y la de “Si tienes conocimiento de algún número adicional que no haya mencionado, estaré encantado de añadirlo a la lista”, con lo que me supongo que el listado puede ser aún mayor. Resulta curioso que entre todo el listado de teléfonos solo era en el “012” y el “010” donde se mencionaba que la ciudadanía puede realizar la “Gestión de quejas y sugerencias: Permite a los ciudadanos presentar quejas, sugerencias o comentarios sobre servicios municipales y recibir seguimiento sobre su resolución” -parte del texto literal que acompañaba a estos números-. Hay que reseñar que tanto el “012”, como el “010”, como servicio de atención ciudadana pueden llegar a desempeñar funciones distintas de un territorio a otro, no son de implantación a nivel nacional, e incluso en algunas Comunidades Autónomas no son de cobertura integral, pudiendo existir números adicionales utilizados en ámbitos locales en determinadas regiones o para servicios específicos destinados a la información ciudadana, la ayuda social, etc. El notificar situaciones cotidianas que intrínsecamente conlleven un peligro potencial como la de una arqueta en estado defectuoso, un árbol o una rama con riesgo de caída, un bache peligroso o cualquier otra circunstancia de índole similar requiere que acudamos a la Policía Municipal, pero si no hay Policía Municipal en la localidad, ¿dónde debemos realizar la notificación o formular la correspondiente denuncia? Está claro que para solicitar ayuda ante diversos tipos de emergencias se puede recurrir a distintos teléfonos, ahora bien, si de lo que se trata es de habiendo Observado una situación que entendemos debe ser contemplada con carácter Preventivo al objeto de evitar un Riesgo o un Accidente, en determinados lugares lo tenemos más complicado y no digamos si queremos que esa notificación quede registrada y deseamos hacer un seguimiento de su tratamiento. Veremos.

Siniestralidad mortal en vías interurbanas 2023 (Cómputo de personas fallecidas a 24 horas). Datos provisionales

Este informe presenta un análisis de los siniestros mortales ocurridos en el año 2023 en vías interurbanas. El cómputo de personas fallecidas se realiza durante las 24 horas siguientes al siniestro. La información utilizada procede de los agentes encargados de la vigilancia y control del tráfico y los servicios autonómicos con competencias. Se han registrado un total de 1.048 siniestros mortales, 1.145 personas fallecidas y 4.495 personas heridas hospitalizadas en vías interurbanas. Estas cifras suponen unas 3 personas fallecidas y 12 personas heridas hospitalizadas al día. Además, si se comparan con en el mismo periodo del año 2022, suponen un aumento de 2 de siniestros mortales y 481 personas heridas hospitalizadas, y un descenso de 3 personas fallecidas. Autor: Observatorio Nacional de Seguridad Vial Edita: DGT Dirección General de Tráfico Fecha: 2 de enero de 2024 Enlace: https://www.dgt.es/export/sites/web-DGT/.galleries/downloads/nota_prensa/1145-personas-fallecieron-en-siniestros-de-trafico-en-carretera-durante-2023/Informe_Cierre_2023_2enero_vf.pdf

Informe anual de accidentes de trabajo en España 2022

0
Informe estadístico con los resultados generales de accidentes de trabajo que elabora anualmente el Instituto Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo. En España, durante el año 2022, se registraron 653.510 accidentes de trabajo con baja. La mayoría se produjeron durante la jornada laboral, en concreto 571.274 accidentes, que suponen el 87,4 %. El resto, 82.236 accidentes, tuvieron lugar durante el trayecto del domicilio al centro de trabajo o viceversa; son los que se denominan accidentes de trabajo con baja in itínere. Del total de los accidentes de trabajo con baja en jornada de trabajo, 537.214 los sufrieron la población trabajadora asalariada, que suponen el 94,0% de estos accidentes. La población que trabaja por cuenta propia sumó 34.060 accidentes con baja en jornada de trabajo y representan el 6,0 % de los mismos. Autora: Marta María Fonte Fernández. Edita: INSST Instituto Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo Fecha: Agosto de 2023 Enlace: https://www.insst.es/documents/94886/376820/Informe+anual+de+accidentes+de+trabajo+en+Espa%C3%B1a+2022.pdf/5405dfb6-d494-f0fb-7f27-7db956d49da4?t=1693395553437

¿Sabías que los coches llevarán caja negra desde este año?

0
Los vehículos de nueva matriculación a partir del 7 de julio de 2024 en España deberán llevar Caja negra, dispositivos oficialmente denominados Registradores de Datos de Eventos -EDR- (Event Data Recorder). Autor: Javier Larrea. Presidente del Observatorio de Prevención de Riesgos y Accidentes Publicación: Web OPRA www.opra.info • 16 de febrero de 2024 Esta caja negra solo recoge datos del vehículo y no registrará las conversaciones, ni imágenes ni audio. Según información de la DGT la información será anónima y no será utilizada para determinar la culpabilidad en un accidente pues no revela la identidad del conductor. Aunque supongo que un juez podrá ordenar tener acceso a esa información. ¿Qué datos se registrarán? Con el objetivo de ayudar en la investigación de los accidentes de tráfico esta caja negra recogerá datos de más de 15 variables desde medio minuto antes de producirse el accidente hasta 5 segundos después. Los principales datos recogidos serán el día y la hora, la velocidad, la frenada, la posición e inclinación del coche en la carretera, las revoluciones del motor, la fuerza del impacto frontal y lateral y la posición del acelerador. También quedará registrado si al producirse el accidente se ha activado el sistema de llamadas de emergencia eCall, que ya es obligatorio desde 2018, así como la activación de los sistemas de seguridad del vehículo como airbags, los cinturones de seguridad, etc. Se activará automáticamente al desplegarse los airbags del coche en caso de accidente y los pretensores del cinturón de seguridad. Las ADAS La Estrategia de Seguridad Vial 2030 ha fijado el objetivo de reducir en 2030 a la mitad el número de personas que fallezcan o resulten heridas graves como resultado de un siniestro vial, respecto a los valores de 2019. Por el momento, en España no llevamos buen camino pues las muertes de tráfico están aumentando en los últimos años. Para alcanzar este objetivo se están adoptando algunas medidas entre las que se encuentran los sistemas ADAS. Todos los coches de nueva homologación deben incorporar de serie al menos ocho sistemas: Detector de somnolencia (DDR), Asistente de velocidad inteligente (ISA), Alerta de tráfico cruzado (RCTA), Caja negra (EDR), Alerta de cambio involuntario de carril (LDW), Sistema de frenado de emergencia (ESS), Inhibidor de arranque con alcoholímetro y Alerta de uso del cinturón en todas las plazas. En mi opinión, se trata de un avance que no siendo un sistema de ayuda a la conducción ayudará en el conocimiento de las causas que producen los accidentes, pero no deja de ser una medida que analiza el accidente a posteriori, o sea después de haberse producido, así que en realidad no se trata de una medida de prevención y no evita el accidente antes de producirse.
Infografía de la revista Seguridad Vial, de la DGT, que explica el funcionamiento de la caja negra.