Encuesta sobre el significado de «accidente»

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La palabra accidente se ha usado coloquial y mayoritariamente para describir un suceso involuntario que produce un daño, pero hay una nueva corriente que propone no utilizarla porque entiende que tiene la connotación de que los accidentes no se pueden prevenir.

Autor: Javier Larrea. Presidente del Observatorio de Prevención de Riesgos y Accidentes
Publicación: Web OPRA www.opra.info • 8 de octubre de 2024

Algunos defendemos la interpretación tradicional pues no sabemos de dónde obtienen esta rotunda afirmación de que la sociedad entiende que un accidente es un hecho inevitable y que no se puede prevenir.

Ante esta discusión procede la realización de una encuesta sociológica con el objetivo de conocer lo que en realidad piensan las personas sobre la imprevisibilidad y evitabilidad de los hechos que son calificados de accidentes.

Tu opinión en la encuesta (NOTA: LA ENCUESTA YA ESTÁ CERRADA)

Por eso, desde OPRA hemos creado una encuesta con la que sondear lo que la sociedad entiende por la palabra accidente y sobre todo saber si se cree mayoritariamente que los accidentes se pueden prevenir o no.

Este es el enlace para rellenarla. Muchas gracias por participar:

https://docs.google.com/forms/d/e/1FAIpQLSf9vTX-JDd0gS1PAr5qY96HPu3mGAsLhmfySkZzJtsYBybOcg/viewform?vc=0&c=0&w=1&flr=0

Nos interesa tu opinión en esta encuesta que te rogamos que la rellenes y que la divulgues entre tus familiares, conocidos y amigos. El resultado, además de ser recogido en esta web, también será recogido en la Tesis doctoral que estoy realizando en la Facultad de Sociología sobre los accidentes.

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Estos artículos anteriores en el Blog “Paso a paso” tratan de la definición de la palabra accidente y de la nueva corriente que propone no utilizarla:

·       Accidente (I): ¿Qué es? ¿Qué significa?

·      Accidente (II): El término accidente en la investigación científica

·      Accidente (III): ¿Alternativa a la palabra accidente?

Cuatro muertos de una familia en un incendio en su vivienda

El domingo 6 de octubre de 2024 un matrimonio de 48 y 52 años y dos hijos de 21 y 16 años han perdido la vida en un incendio en su vivienda unifamiliar en Guillena, provincia de Sevilla, en Andalucía, que, año tras año, es la comunidad que más víctimas mortales presenta.

El incendio se ha iniciado sobre las ocho de la mañana y la causa de la muerte ha sido el incendio; y el origen del incendio según las primeras informaciones apuntaban a que ha podido ser un calefactor o aparato productor de calor (dos días después se ha confirmado que el origen del incendio ha sido la batería de un teléfono móvil).

Hay una cuestión relevante que se puede destacar en este lamentable suceso con víctimas mortales que podrían haber sido evitadas. Al margen de los factores que produjeron el incendio y que en este momento no se conocen, no es el fuego quien les atrapó en su vivienda: fueron los barrotes (como los que se ven en la fotografía de cabecera), que se habían instalado en las ventanas para que nadie pudiese entrar, los que les impidieron salir.

No es la primera vez que ocurre, todos los años tenemos que lamentar que las verjas y barreras físicas ante intrusión eviten que en caso de incendio se pueda evacuar el domicilio, así que hay que pensar bien en la colocación de rejas que nos harán prisioneros en nuestra propia casa.

Hay que diseñar y desarrollar sistemas y mecanismos que impidan que se pueda entrar desde fuera pero que permitan salir desde dentro en caso de incendio o cuando sea necesario.

Los detectores salvan vidas @DetectoresYA

Recordamos una vez más que un detector de incendio que cuesta menos de 20 euros les habría salvado la vida a los cuatro, pues les habría avisado del incendio en su inicio y podrían haber reaccionado apagando el pequeño incendio o bien saliendo ilesos de su casa.

Un gobierno sensible ante la seguridad y protección ciudadana debería enterarse de que más del 70% de las muertes por incendio ocurren en viviendas y que una ley con la obligación de instalar detectores domésticos de humos en los hogares podría ahorrar unas 100 muertes al año.

En Francia ya lo han hecho ¿a qué esperamos?

#DetectoresYA

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Página relacionada: ¿Qué es un detector de incendios?

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Nace la Asociación Nacional de Bomberos Voluntarios

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Tradicionalmente, España ha padecido un déficit de bomberos profesionales, pero actualmente la mayor carencia está en los bomberos voluntarios, lo que tiene mayor repercusión en las zonas menos pobladas, donde los tiempos de respuesta ante emergencias son más elevados.

En 2024 ha sido constituida la Asociación Nacional Bomberos Voluntarios, que es una asociación sin ánimo de lucro creada con el objetivo principal de poner en valor las acciones y la misión de todas las asociaciones de bomberos voluntarios de España.

La Asociación Nacional Bomberos Voluntarios tiene sus raíces en la tradición de solidaridad y servicio a la comunidad que caracteriza a los bomberos voluntarios, y ha sido fundada con el objetivo de unir y representar a los bomberos voluntarios de toda España. Promueve la formación y la cualificación, así como la mejora de las capacidades y de organización. Siempre en pro de la sociedad a la que se sirve bajo los valores de la vocación, diligencia, abnegación, disciplina, respeto, esfuerzo, honor y humildad.

Foro de encuentro

Desde esta organización, se pretende actuar como foro de encuentro para asistir y formar a todas las personas que forman parte de estas asociaciones de voluntarios locales o de equipos de extinción de incendios y salvamento de agrupaciones de voluntarios de protección civil.

En Europa la figura del bombero voluntario está históricamente muy arraigada y consolidada. La siguiente tabla refleja la presencia actual (2024) de bomberos, voluntarios o profesionales, en los países del marco europeo:

De los datos expuestos se extrae, como conclusión general, que en España (con el menor porcentaje de bomberos voluntarios de los países comparados) hacen falta muchos más bomberos voluntarios para equipararnos con otros países europeos. Especialmente, si se tiene en cuenta la desigual distribución de la población en España, con zonas costeras muy pobladas y con grandes zonas rurales de interior y montaña despobladas. Pero en todas debe garantizarse la prestación del servicio de extinción de incendios y salvamento. Es en estos lugares donde la figura del Bombero Voluntario puede resultar de gran ayuda, como primera respuesta y complemento a los servicios profesionales.

Los bomberos voluntarios tienen sus raíces en la

tradición de solidaridad y servicio a la comunidad

Más asociaciones de voluntariado

Desde la Asociación Nacional de Bomberos Voluntarios se quiere poner en valor la necesidad de implementar y desarrollar nuevas agrupaciones de voluntariado que complementen la respuesta de los Servicios de Prevención, Extinción de Incendios y Salvamentos profesionales siempre bajo la coordinación de los cuerpos profesionales y de las autoridades competentes. Se hace especialmente relevante esta necesidad tanto ante grandes catástrofes y emergencias en las cuales el sistema de respuesta profesional puede verse colapsado necesitando de colaboradores voluntarios preparados, formados y equipados adecuadamente. Y también en las zonas rurales más alejadas en las cuales los tiempos de respuesta de los parques de bomberos profesionales pueden ser más elevados. Es ahí donde los equipos de voluntariado de primera respuesta, formados, entrenados, y preparados adecuadamente, y bajo la tutela y coordinación de los servicios profesionales, pueden realizar una labor de un valor incalculable hasta la llegada de los servicios profesionales. Todo ello conforme a estándares de organización, capacitación y funcionamiento de los servicios de bomberos voluntarios europeos.

Más información

https://asociacion-nacional-bomberos-voluntarios.webnode.es/

anbomberosvoluntarios@gmail.com

Artículo relacionado: De los Bomberos Voluntarios en Cataluña y su reflejo a nivel nacional 

Artículo relacionado: ¿Hay pocos bomberos en España?

Un ahogado mortal una muerte inasumible [27/09/2024]

El 15 de septiembre ha finalizado la temporada de baños en la mayoría de las localidades. La cantidad de incidentes y la morbimortalidad por ahogamiento continúa subiendo. Según datos ofrecidos por www.ahogamiento.com desde el 1 de enero hasta el 16 de septiembre de 2024, al menos 437 personas han muerto por ahogamiento (81% hombres, el 19% mujeres y, el 8% tenían menos de 18 años). En 2023 murieron 422 personas, en lo que llevamos de año han muerto 15 más. 12 muertos por ahogamiento a la semana, sin comentarios. El 5 de septiembre Fernando Grande-Marlaska, actual ministro del Interior, en una rueda de prensa dada con motivo del incremento de víctimas de accidente de tráfico durante este verano, dijo:
  • “Vamos a redoblar los esfuerzos para rebajar esta cifra de siniestros mortales, porque conseguirlo supone salvar vidas; no vamos a dar un paso atrás en nuestra apuesta por reducir la siniestralidad mortal y grave un 50% de aquí a 2030”.
  • “Un solo muerto en carretera es un precio inasumible”.
Estoy totalmente de acuerdo con el ministro de Interior, pero ¿qué ocurre con los muertos por ahogamiento?
  • ¿Es asumible el precio de un muerto por ahogamiento?
  • Los ciudadanos y ciudadanas ¿no merecemos que el Gobierno haga algo para reducir los ahogamientos?
En septiembre de 2017, en la Comisión de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente se presentó una proposición no de ley “Relativa a elaborar un plan nacional en materia de Salvamento y Socorrismo Acuático”. Fue aprobada por unanimidad y se instaba al Gobierno a preparar dicho plan en un plazo de 6 meses. 7 años después seguimos esperando. ¿Alguien puede pensar que los padres, que han sufrido la pérdida de un hijo/a en la piscina de su casa, no hubieran tomado medidas preventivas como vallar la piscina, no dejar al niño/a o solo/a, etc.? La respuesta es que la mayoría habría adoptado las medidas preventivas de haber estado informados sobre la importancia de las mismas. Estoy seguro que muchas personas adultas y jóvenes, si hubieran sido educadas o informadas sobre la identificación de los riesgos en el mar o aguas interiores, no se habrían aventurado a bañarse sabiendo que es peligroso y, no habrían muerto por ahogamiento u otros accidentes como en la zambullida. Lo mismo que la mayoría no intenta subir al Annapurna con el único conocimiento, habilidad y condición física más que la de saber andar.

¿Qué hace falta para que se considere una muerte

por ahogamiento como un precio inasumible?

Un Plan Nacional

Hay que reducir esta sangría, para ello es necesario: 1.- Tener datos oficiales. No sabemos de forma cierta el número de víctimas de ahogamiento. Cuando hablo de datos uso la coletilla de “al menos”. Esa cifra indica de forma certera el número mínimo de víctimas de ahogamiento, pero no sabemos si hay más. Es imprescindible conocer el problema en profundidad para buscar soluciones. 2.- Establecer un plan nacional que contemple, por lo menos:
  • Las obligaciones mínimas de las diferentes administraciones de acuerdo a sus competencias.
  • La formación de niños/as en su etapa escolar.
  • Campañas de información sobre el ahogamiento.
  • El diseño y la implantación del modelo formativo mínimo para obtener la acreditación que certifique que la persona está capacitada para trabajar como socorrista. Hay que evitar el caos que hay en la actualidad.
  • La regulación de los servicios de socorrismo, y con ello de las funciones de los/as socorristas, orientada a conseguir unos servicios de calidad.

Con un cartel avisando que la playa no está vigilada, no se evita que haya ahogamientos y, la administración intenta pasar la responsabilidad al usuario.

Llevamos 7 años esperando el cumplimiento de la proposición no de ley en la que se instaba al Gobierno a elaborar un plan nacional en materia de Salvamento y Socorrismo Acuático en un plazo de 6 meses (marzo de 2018). ¿Qué hace falta para que se considere una persona muerta por ahogamiento como un precio inasumible?

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Normativa de incendios y efectos sobre las personas [25/09/2024]

Un sistema adecuado de prevención y protección de incendios, en una industria o edificio no industrial, debería tener como objetivos: reducir al mínimo la posibilidad de que se produzca un incendio; y en caso de producirse, que este sea detectado y controlado lo antes posible, y que, en el caso de no poder ser controlado, que todos los ocupantes del edificio o industria puedan trasladarse de forma sencilla y rápida al exterior o a un lugar seguro.

Normativa española sobre Protección contra incendios

El marco legislativo español actual sobre medidas de PCI, con las que deben contar las industrias y edificios no industriales cuando son proyectados o construidos, está compuesto por el RSCIEI, CTE-SI y RIPCI.

Este marco legislativo resulta necesariamente de índole genérica en su aplicación, y de requisitos mínimos (“Contarán como mínimo…”), y por otro lado, solamente aplica a los edificios e industrias que se construyan, o se proyecten y autoricen, con posterioridad a la publicación de la normativa mencionada, sin tener efectos retroactivos.

Además, los códigos y reglamentos mencionados, por su índole genérica, no pueden tener en cuenta las características específicas últimas de cada actividad, ni tampoco las características de vulnerabilidad de los ocupantes que finalmente puedan encontrarse presentes en el edificio o industria.

Por todas las razones expuestas, el mero cumplimiento formal de los códigos y normas contenidas en este marco legislativo, que podríamos denominar “marco legal constructivo de PCI”, no puede garantizar a priori, en modo alguno, que los niveles de seguridad contra incendios, sean los adecuados para los ocupantes de los edificios e industrias.

Por tanto, debemos entender que este marco legal constructivo de PCI establece realmente los requisitos mínimos y genéricos de PCI, exclusivamente para el “continente”, y que deben ser revisados y complementados, si fuese necesario, en función de las actividades que finalmente se desarrollen, y de los contenidos y características de vulnerabilidad de los ocupantes.

Cuando se produce un incendio en una residencia de mayores, restaurante o discoteca, por citar incendios recientes ocurridos en nuestro país, que causa víctimas mortales, la respuesta más frecuente y común de la sociedad es: ¿Cumplía la normativa? o ¡Habría que modificar la normativa!

Parece como, si el ciudadano común pensase que la seguridad contra incendios de un edificio depende exclusivamente del cumplimiento normativo sobre PCI del mismo, cuando evidentemente no es así.

Las preguntas a formularse deberían haber sido: ¿Cuál fue el origen del incendio y por qué se propagó y causó ese número de víctimas? ¿Es que el lugar no contaba con las necesarias medidas de PCI ni con la preparación adecuada del personal para actuar cuando se produjo la emergencia? ¿Quién o quiénes era o eran, el responsable o los responsables, del lugar (empresario, director, etc.), y por tanto, de que existiese el adecuado nivel de seguridad contra incendios?

Sin embargo, el incendio no se encuentra entre los riesgos que más preocupan a la sociedad española. La mayoría de los ciudadanos en nuestro país, incluyendo a ingenieros y arquitectos, abogados y jueces, propietarios y usuarios, parecen considerar que la ocurrencia de un incendio es un hecho de baja probabilidad, y que en caso de que se produzca, lo más importante sobre la prevención y protección de los incendios, para los potenciales responsables, es poder demostrar que se cumplían las normas, ordenanzas, reglamentos, etc., y de esa forma poder justificar que todo estaba en regla y evitar responsabilidades. Es decir, parecen no percibir que los incendios pueden y deben ser prevenidos y sus consecuencias limitadas, mediante la incorporación de las adecuadas medidas contra incendios.

«el incendio no se encuentra entre los riesgos

 que más preocupan a la sociedad española»

La prevención de incendios en los centros de trabajo

Posiblemente, debido a esa falta de sensibilidad, se olvide frecuentemente la existencia de la vigente Ley 31/95 de Prevención de Riesgos Laborales (LPRL), publicada en noviembre de 1995, como trasposición de la Directiva Europea Marco 89/391/CEE, en su Artículo 14, y al contrario de lo que ocurre con el marco jurídico general sobre PCI, establece que, de forma permanente, con independencia de la fecha de construcción, los empresarios deberán garantizar en los lugares de trabajo, adoptando cuantas medidas sean necesarias, la protección eficaz de la seguridad y salud de los trabajadores ante todos los riesgos que puedan afectarles derivados del trabajo o con ocasión del trabajo. Obviamente, uno de los riesgos que deben ser considerados, es el riesgo de incendio.

Con la única potencial excepción de los edificios dedicados a uso exclusivo de vivienda, la inmensa mayoría de los edificios a proteger contra incendios según la ley (centros docentes, residencias de mayores, discotecas, restaurantes, edificios de pública concurrencia, oficinas, iglesias, almacenes comerciales, hospitales, hoteles, etc., etc.) y por supuesto todas las industrias, son lugares de trabajo, y el riesgo de incendio debe ser tratado de acuerdo a lo dispuesto en dicha Ley.

El establecimiento de las medidas de PCI necesarias debe hacerse mediante la actuación preventiva establecida en el Artículo 15 de la LPRL, que en lo que se refiere al tratamiento del riesgo de incendio, se concretan en:

  1. Identificación y eliminación permanente de las situaciones de peligro de incendio.
  2. Mitigación y evaluación de las situaciones de peligro no eliminables, teniendo en cuenta el avance tecnológico.
  3. Información, formación y entrenamiento. Plan de emergencia.
  4. Revisión y actualización permanente del proceso.

Si se produjese un incendio que causase víctimas, muertes o heridos, sería la prueba objetiva de la falta de la protección eficaz, o de la falta de eficacia de la protección, o de que el lugar no contaba con las medidas necesarias, físicas y/o humanas, para haber evitado el resultado, tal como se establece en la LPRL.

La LPRL es de cumplimiento obligatorio para todos los lugares de trabajo, con independencia de la fecha de construcción o apertura del edificio, o clase de actividad.

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Accidente (III): ¿Alternativa a la palabra accidente? [22/09/2024]

Este artículo expone cuál es el uso de la palabra accidente entre algunas de las principales instituciones que manejan el término accidente. ¿Estás de acuerdo con la conclusión?

Un artículo reciente de Monclús, J. (2023)(1) “Ya es suficiente: Dejemos de llamarles accidentes”, abunda en la tesis del Dr. William Haddon(2) de sustituir el término accidente cuando se refiera a los accidentes de tráfico por otros más concretos y específicos, proponiendo que deberían recomendarse como sustitutos de la palabra “accidente: «choque”, “colisión”, “incidente” y “lesión”. Además, afirma que otras instancias como la OMS y la Unión Europea están adoptando esa postura de sustitución del término accidente. En el artículo se reafirma la tesis de que “El uso continuo de la palabra «accidente» promueve la idea de que estos eventos están fuera de la influencia o control humano…”

Discusión

Ignoro cómo y por qué se presenta como un hecho irrefutable esta declaración de que el uso de la palabra accidente promueve la idea de ser un hecho no prevenible.

En contradicción con esta intención de sustitución del término accidente tenemos como un hecho cierto y comprobado que las principales organizaciones e instituciones del mundo, de Europa y de España están utilizando el vocablo “accidente” de forma exhaustiva. Veamos una muestra.

La Organización de las Naciones Unidas en su oficina de Reducción de Desastres (UNDRR) también usa de forma clara la terminología de accidentes. Por su parte la ONU sigue hablando de “occupational accidents” cuando se refiere a los accidentes de trabajo.

La Unión Europea mantiene y expone el término accidentes por parte de una importante entidad científica como The Joint Research Centre (JRC)(3) y la misma Unión Europea en el Learning lessons from accidents(4), y la Oficina de Riesgos de la Comisión Europea sobre Accidentes Mayores no evita en absoluto el término accidente.

En la página oficial de las estadísticas de la Unión Europea EUROSTAT(5) lugar de referencia para documentarse de las víctimas de los accidentes sigue llamando “road accidents in the EU” y “road traffic accidents” a los accidentes de tráfico.

El Parlamento Europeo en 2023 ha publicado la “Revision of the Directive on investigation of accidents in the maritime transport sector”(6) manteniendo el concepto de “accidente marítimo”.

En ILOSTAT(7), la principal fuente de estadísticas laborales de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) que publica las Estadísticas sobre seguridad y salud asume con naturalidad el concepto accidente de trabajo y bajo este título referencia algunas de sus estadísticas y así los denomina en su introducción no dejando ninguna duda sobre la validez e interpretación del concepto:

«Los accidentes laborales tienen un importante coste humano, social y económico, que debemos tratar de eliminar garantizando que todos los lugares de trabajo sean seguros.»

Otro texto legal fundamental en España, en lo que se refiere a la prevención de los accidentes del trabajo (laborales) es la Ley de Prevención de Riesgos Laborales de 1995 que se refiere continuamente en su contenido a los accidentes de trabajo y comprendiendo de forma implícita en el propio texto de la Ley que los accidentes se pueden prevenir y que la razón de ser de esta Ley es la prevención de los riesgos y de los accidentes derivados de la actividad laboral. Y el Ministerio de Trabajo publica las Estadísticas de Accidentes de Trabajo(8).

Por si no fuese suficiente, el Instituto Nacional de Estadística (INE) recoge en sus estadísticas las víctimas de accidentes clasificados en las categorías del CIE10 ya mencionado, establecido por la OMS, refiere al término accidente, dejando claro en sus anotaciones que “se excluyen los actos intencionados por parte de otra persona” que es uno de los requisitos básicos en la definición del accidente.

Una buena y sencilla definición de accidente puede ser:

“Suceso eventual e involuntario que produce un daño”

Conclusión

A la vista de lo expuesto no parece que el término accidente pueda ser sustituido de forma genérica y universal por otro término que pueda convertirse en sinónimo. Naturalmente, sí podrán utilizarse de forma específica otros términos en aquellos casos en que nos estemos refiriendo a algunos accidentes en concreto, como a las caídas, a los atragantamientos, a los incendios, a las intoxicaciones, a los ahogamientos, etc. Creo que una buena definición de accidente es un “Suceso eventual e involuntario que produce un daño”, quedando excluidos de esta definición los sucesos dolosos o intencionales.

Y como anuncié en el artículo anterior, para despejar las dudas, voy a poner en marcha enseguida una amplia encuesta sociológica para preguntar si en la lengua castellana (español) el concepto accidente se encierra la idea de que es inevitable o por el contrario se piensa que los accidentes se pueden prevenir.

    1. https://www.linkedin.com/pulse/enough-stop-calling-them-accidents-jesus-monclus/
    2. Haddon y Cols (1964) señalaron que el término accidente se usa generalmente para describir «sucesos inesperados que pueden generar daños en estructuras animadas o inanimadas» y que su uso solo cubre ciertos tipos de daño”.
    3. El Centro Común de Investigación más conocido por JRC, es una Dirección General de la Comisión Europea, ubicada en Bruselas, que emplea científicos y se encarga de proporcionar asesoramiento científico y técnico independiente a la Comisión Europea y a los Estados de la Unión Europea en apoyo a sus políticas.
    4. https://op.europa.eu/es/publication-detail/-/publication/a97a6bfa-2a1e-11eb-9d7e-01aa75ed71a1/language-ga 
    5. https://ec.europa.eu/eurostat/statistics-explained/index.php?title=Road_safety_statistics_in_the_EU&oldid=630784#:~:text=In%202022%2C%2020%20653%20persons,of%203.7%20%25%20compared%20with%202021.&text=In%202022%2C%2086%20persons%20per,highest%20rate%20in%20the%20https://ec.europa.eu/eurostat/statistics-explained/index.php?title=Road_safety_statistics_in_the_EU&oldid=630784#:~:text=In%202022%2C%2020%20653%20persons,of%203.7%20%25%20compared%20with%202021.&text=In%202022%2C%2086%20persons%20per,highest%20rate%20in%20the%20 
    6. https://www.europarl.europa.eu/RegData/etudes/BRIE/2023/754564/EPRS_BRI(2023)754564_EN.pdf 
    7. https://ilostat.ilo.org/es/topics/safety-and-health-at-work/ 
    8. https://www.mites.gob.es/estadisticas/eat/welcome.htm

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Accidente (II): El término accidente en la investigación científica [18/09/2024]

Con el título «¿Se debe usar el término accidente en el ámbito de la investigación científica?» Montserrat Ruiz Pérez(1) elaboró un interesante artículo en el que presentó un estado del arte al respecto. Resulta interesante el análisis de esta cuestión semántica que puede tener trascendencia en la prevención de accidentes.

Su trabajo pretendía recoger el debate generado en el ámbito de la investigación y de la literatura científica, así como presentar alternativas al uso del vocablo accidente. Reproduzco de forma resumida, textualmente, el resultado de su exploración sobre el debate científico sobre la terminología a usar:

En el caso del término accidente, el problema lingüístico y conceptual anteriormente descrito ha llevado a numerosos profesionales de la salud pública y la medicina a intentar evitar su uso argumentando las mencionadas connotaciones de aleatoriedad, acto divino y despreocupación (Baker, 1984; Robertson, 1983; Waller, 1985). Como resultado, la salud pública ha optado mayoritariamente por sustituir dicho término por el de lesión, considerado neutro con respecto a causalidad e intencionalidad. Sin embargo, en la literatura científica algunos autores han argüido que accidente y lesión describen conceptos diferentes. Haddon y Cols (1964) señalaron, por ejemplo, que el término accidente se usa generalmente para describir «sucesos inesperados que pueden generar daños en estructuras animadas o inanimadas» y que su uso solo cubre ciertos tipos de daño.

Pero a la hora de ofrecer pruebas y datos científicos sobre las consecuencias del uso de los distintos términos nos dice que:

No hay datos que muestren que el uso de términos tales como lesión o accidente tenga realmente algún efecto social. Girasek (1999) realizó una encuesta telefónica en EE.UU. a 943 adultos seleccionados al azar con el objetivo de analizar la interpretación que hace la sociedad del término accidente. La mayoría de los entrevistados (71 %) consideraban que los accidentes eran impredecibles, y solo un 4 % los consideraban hechos intencionados. Sin embargo, la mayor parte (83 %) también los definían como sucesos prevenibles, y solo un 26 % consideraron que estaban controlados por el destino. Un estudio previo sobre lesiones infantiles muestra cómo los padres entrevistados destacaban el carácter evitable de las lesiones (Eichelberger, 1990). Por otro lado, también es escasa la literatura sobre el impacto del término accidente en el ámbito profesional. En 2001, Evans (2001) llevó a cabo un estudio comparativo aleatorio con la finalidad de evaluar si el uso del término injury (lesión) en lugar de “accident” influía en la actitud de los profesionales de la sanidad hacia la prevención de los fenómenos en cuestión. Se detectó una diferencia mínima, aunque cuestionable dadas las dificultades metodológicas asociadas a la realización de este tipo de estudios.

«No hay datos que muestren que el uso de términos tales como lesión o accidente tenga realmente algún efecto social»

El final del trabajo de Ruiz, M. no resuelve la pregunta del título de su artículo y concluye así:

Conclusión: Como se ha mostrado, el uso generalizado del término accidente plantea problemas lingüísticos y conceptuales en el ámbito de la salud pública. Las connotaciones de imprevisibilidad y aleatoriedad implícitas en el término han llevado a muchos profesionales del área a evitar su uso y a plantear alternativas. Para evitar dichas connotaciones y destacar el carácter prevenible y predecible de los accidentes parece adecuado hablar de sucesos lesivos para referirnos a las circunstancias que rodean la aparición de una lesión o usar los términos correspondientes y hablar, por ejemplo, de caídas, colisiones, envenenamientos, ahogamientos, atropellos o traumatismos.

(Hay que tener en cuenta que los resultados de este trabajo de 2011 se refieren al término “accident” en lengua inglesa).

El próximo artículo será Accidente (III): Alternativas a la palabra accidente

(1) Montserrat Ruiz Pérez (2011). Panace@ 2011; 12 (33): 84-88. https://www.tremedica.org/wp-content/uploads/n33-Tribuna-Perez.pdf

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Accidente (I): ¿Qué es? ¿Qué significa? [15/09/2024]

El término accidente es la esencia de la nueva ciencia, la Accidentología. Profesionales de todas las seguridades y todos los riesgos, y los prevencionistas hemos venido usando indefectiblemente la palabra accidente, pero ahora se está cuestionando no solo su uso sino su significado. Debemos afrontar esta discusión.

La Real Academia Española (RAE) define el accidente como: Suceso eventual que altera el orden regular de las cosas; y en una segunda acepción dice: Suceso eventual del que resulta daño involuntario para las personas o las cosas. Es probable que en alguna próxima revisión se incorporen los daños a los animales.

La primera acepción puede ser literariamente correcta para calificar cualquier tipo de contratiempo que nos ocurren a los humanos, como por ejemplo que la persona con la que habíamos concertado una cita llegue tarde, o bien que el vuelo en que se iba a efectuar un viaje sea cancelado; esta acepción bien pudiera aplicarse al término incidente pues creo que no encaja con la idea general que la sociedad tiene del término accidente.

Considero que la palabra accidente se utiliza coloquial y mayoritariamente en la segunda acepción de la RAE, es decir en aquellos casos en que un suceso involuntario e inesperado produce un daño.

Interpretación tradicional

Alrededor del siglo XIV los ingleses comenzaron a utilizar el término “accident” con el significado de “suceso que ocurre por azar, desgracia o hecho que ocurre de forma imprevista”. También los ingleses lo han definido como «circunstancias que determinan una muerte violenta”.

Actualmente la Enciclopedia “Britanicca” define accidente como un “evento inesperado, típicamente de naturaleza repentina y asociado con lesión, pérdida o daño”. Añade que “Los accidentes son una característica común de la experiencia humana y provocan lesiones o discapacidad permanente a un gran número de personas en todo el mundo cada año. Muchos accidentes también implican daños o pérdida de propiedad.” Y aclara que “Con las precauciones de seguridad adecuadas y la conciencia de las acciones y el entorno, se pueden evitar o prevenir muchos accidentes.”

Para una compañía de seguros, se entiende por accidente “la lesión corporal que deriva de una causa violenta súbita, externa y ajena a la intencionalidad del asegurado, que produzca invalidez temporal o permanente o muerte”. El concepto de accidente o accidental siempre excluye la voluntariedad o intencionalidad de quien sufre o produce el daño.

Podría creerse que su significado estaba claro entre los accidentólogos y los prevencionistas hispanos, pero actualmente está surgiendo una ligera controversia sobre este concepto y considero que deberíamos aclararlo y dejarlo zanjado para el futuro.

Por mi parte, considero que en España e Iberoamérica se utiliza coloquial y mayoritariamente la palabra accidente en la segunda acepción del Diccionario de la Lengua Española (DLE), es decir en aquellos casos en que un suceso involuntario e inesperado produce un daño. Dejamos el término incidente para aquellos sucesos en los que no se producen daños, aunque podrían haber ocurrido.

La RAE define el accidente como «Suceso eventual o acción de que resulta daño involuntario para las personas o las cosas»

 

La nueva corriente

Por su parte, la Organización Mundial de la Salud -OMS-, ha ido modificando su definición a lo largo del tiempo. A la definición dada por la OMS en 1957: «suceso fortuito al que sigue una lesión reconocible», se le adicionó en 1958: «acontecimiento fortuito generalmente desgraciado o dañino, como acontecimiento independiente de la voluntad humana provocado por una fuerza exterior que actúa rápidamente y se manifiesta por un daño corporal o mental. Posteriormente en 2005 la OMS estableció esta definición: “Las lesiones no intencionales, generalmente llamadas accidentes, son “eventos donde se produce daño físico en el cuerpo, como resultado de la aplicación excesiva de energía en el mismo, bien sea física, química, biológica, o por la falta de elementos vitales como el oxígeno o el calor. La exposición o privación no es producida deliberadamente por la misma persona u otra. Pero a partir de 2008 la OMS ha comenzado a utilizar el concepto de lesión corporal en sustitución de accidente. Pero claro, no hay que olvidar (hay que tener siempre presente) que la OMS trata de la Salud y de la Enfermedad que afecta a las personas por lo que hay aspectos que no tiene en consideración como pérdidas económicas o daños medioambientales por lo que sus definiciones siempre tienen ese sesgo sanitario del ámbito de la Salud.

En esta línea, algunos expertos en seguridad vial como Jesús Monclús (Fundación Mapfre) defienden la tesis de que “El uso continuo de la palabra «accidente» promueve la idea de que estos eventos están fuera de la influencia o control humano…” por lo que defienden que deje de usarse el término accidente.

Lo cierto es que no existe una definición universal de accidente y por lo tanto esta discusión es pertinente, razón por la cual voy a realizar una encuesta sociológica sobre el significado de la palabra accidente.

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Qué hacer para no perder a un menor [12/09/2024]

Tomar medidas con antelación para evitar que los menores se encuentren perdidos es una responsabilidad de los mayores. Recuerda que los menores no se pierden, son los mayores quienes pierden a los menores. Ten en cuenta estos consejos. Recomendaciones para los mayores
  • No perder nunca de vista a su hijo, ni dejarlo nunca solo.
  • Cuando se llega a un lugar nuevo o a un lugar con mucha gente, lo primero que ha de hacerse es acordar un lugar de encuentro por si se separan. Ha de ser siempre el mismo y fácilmente localizable para el menor; como, por ejemplo: punto de información de un centro comercial o un puesto de socorro en la playa.
  • Cuando se separan de su hijo/a, deshacer el camino recorrido buscándolo hasta el último lugar donde esté seguro estuvo junto con el menor.
  • Si no localiza al menor, dirigirse al punto de encuentro acordado con el menor al inicio de la actividad o día. Si el menor no se encuentra en ese punto, notificar a los responsables del lugar o autoridades (1-1-2) la pérdida del menor.
  • Indicar descripción del menor y nombre.
  • Tener una palabra o frase secreta.
    • La palabra o frase secreta es una frase acordada dentro de la unidad familiar, no ha de poder decirse por casualidad y que no ha de compartirse con nadie salvo si los padres lo consideran adecuado y solo ha de ser usada para que el menor sepa que esa persona está colaborando con sus padres. Lo ideal es que sea cambiada si ha tenido que ser usada.
    • Solo se debe comunicar la palabra o frase, si considera imprescindible, a quien esté en contacto con el menor; básicamente cuando no se puede ir hasta donde se encuentra el menor y tiene que ser desplazado por terceros.
Recomendaciones para los menores Las recomendaciones generales para los menores son también recomendaciones para los adultos pues consisten básicamente en enseñarles esto a los menores:
  • No separarse nunca de sus padres o con quienes estén acompañados, si ve que estos se alejan un poco, que grite sin miedo para llamar su atención.
  • Tienen que memorizar la dirección de su casa y un teléfono de contacto.
  • Si no tiene edad suficiente o problemas para memorizar la dirección o teléfono, que lleve escrito el teléfono en un lugar que el niño conozca, pero nunca a la vista.
  • Que no confíe en nadie, y que solo se deje llevar a lugares donde esté rodeado de gente.
  • Hay que enseñarles a confiar parcialmente en personas con uniforme, especialmente si son policías.
  • Enseñar a los menores la palabra o frase secreta.
  • Enseñarle muy bien que no deje que lo monten a un vehículo si no conocen la palabra o frase secreta acordada con sus madres, padres o tutores.

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Ahogamiento, un problema de salud pública cada año con un impacto mayor [09/09/2024]

Según datos de la página web especializada www.ahogamiento.com la cifra de fallecidos por ahogamiento, hasta el 1 de septiembre de 2024, es de 406 (82,5% hombres y 17,5% mujeres). El promedio de ahogamientos mortales, en los 8 primeros meses de los años 2013 hasta el 2024, es de 332. En el año 2024 hay 74 muertos por ahogamiento más que el promedio de los últimos 10 años. ¿Cuántos muertos hacen falta para que, como en otros problemas de salud pública, se habiliten programas públicos de intervención? En España no existe una acción pública coordinada dirigida a afrontar este problema. La formación de los socorristas es un caos normativo, lo que agrava aún más la situación. Una buena iniciativa Como recuerdo histórico, decir que el 20 de septiembre de 2017, a instancias del Grupo Socialista, el diputado D. Miguel Ángel Heredia, presentó en la Comisión de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente una proposición no de ley “Relativa a elaborar un plan nacional en materia de Salvamento y Socorrismo Acuático” (Esté 161/002227), fue aprobada por unanimidad y en la que se instaba al Gobierno a preparar dicho plan en un plazo de 6 meses. Siete años después seguimos esperando. Los que creemos que la prevención es la mejor forma de evitar los ahogamientos, siempre aportamos nuestro granito de arena. En el siguiente enlace podemos ver un precioso vídeo de prevención: https://youtu.be/AH1pVHZvuf4?feature=shared