La somnolencia causa accidentes de tráfico

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Según la DGT, la somnolencia (el tener sueño) interviene, directa o indirectamente, en entre el 15 y el 30% de los accidentes de tráfico en España. Sus efectos no sólo se manifiestan por la noche, sino que también son muy numerosos los accidentes diurnos en los que la somnolencia es un factor implicado. El sueño se relaciona con una buena cantidad de accidentes de tráfico, especialmente en el sector profesional, siendo las horas más peligrosas para conducir entre las 3 y las 5 de la mañana y entre las 2 y las 4 de la tarde. Además de los siniestros en los que el conductor se queda completamente dormido, la somnolencia afecta gravemente a las capacidades para circular con seguridad. Numerosos estudios revelan que detrás de muchas salidas de vía, de alcances traseros o de distintos tipos de distracciones, se encuentra un conductor que no había descansado suficientemente la noche anterior, que estaba bajo la influencia de determinados fármacos sedantes o que padecía algún trastorno de sueño. Las alteraciones más importantes producidas por la somnolencia y que afectan a la conducción son: Incremento del tiempo de reacción; Menor concentración y más distracciones; Toma de decisiones más lenta y más errores; Alteraciones motoras; Movimientos más automatizados; Alteración de las funciones sensoriales; Aparición de microsueños; Alteraciones en la percepción; y Cambios en el comportamiento. Enlace: https://www.dgt.es/muevete-con-seguridad/evita-conductas-de-riesgo/Conducir-con-sueno-o-cansancio Enlace: https://www.pat-apat.org/dormirse-al-volante/

Aumentan las muertes no naturales de mujeres

Coincidiendo con la circunstancia de la celebración del día internacional de la mujer, el 8 de marzo, ofrecemos este análisis estadístico exclusivo de las causas externas de mortalidad (muertes no naturales) que producen las muertes de las mujeres en España. Autor: Javier Larrea. Presidente del Observatorio de Prevención de Riesgos y Accidentes Publicación: Web OPRA www.opra.info • 7 de marzo de 2023 Las muertes por causas no naturales de mujeres han pasado en España de 5.821 en 2020 a 6.142 en 2021, aumentado en un 6%. Veamos cuál es la evolución de esos fallecimientos en mujeres. Como se puede apreciar en el gráfico confeccionado con datos del Instituto Nacional de Estadística (INE) hay una clara tendencia al alza de las muertes de mujeres por causas externas, habiéndose producido un incremento de un 38% de las muertes entre el año 2000 y el año 2021. En el año 2021 se ha alcanzado el récord histórico de mujeres muertas por causas no naturales. Las cuatro principales causas de muerte no natural entre las mujeres Las causas de muerte no natural entre las mujeres en orden de mayor a menor son: las caídas, los ahogamientos-atragantamientos, los suicidios y el tráfico. Las otras causas, intoxicaciones por drogas, envenenamientos, homicidio, incendio, otros accidentes del transporte, etc., provocan muchas menos víctimas mortales y apenas suponen entre todas un 25% de todas las causas. En el siguiente gráfico, en que se encuentran representadas estas primeras cuatro causas externas de mortalidad femenina, podemos ver su evolución en lo que va de siglo XXI. Las víctimas mortales femeninas por estas cuatro causas suponen la tres cuartas partes de todas las muertes por causas no naturales de mujeres. Las caídas primera causa de muerte entre las mujeres Las caídas que son la principal causa de muerte accidental en España, primer puesto indiscutible que también lo alcanzan las mujeres en solitario. En 2021 se contabilizaron 1.709 víctimas mortales femeninas como consecuencia de las caídas accidentales. Desde el año 1980 en que se comenzaron a recoger los datos de víctimas mortales por caídas, esta causa mantiene un crecimiento regular, progresivo y constante, que ha visto multiplicar por tres el número de mujeres muertas y es sin duda un problema social absolutamente desatendido. La distribución de las muertas por caídas según franjas de edad nos indica que en la infancia y en la juventud apenas se producen accidentes que produzcan la muerte de mujeres debido a una caída, pero a partir de los 40 años se va aumentando paulatinamente el número de caídas mortales, alcanzando la trágica cifra de que el 94% de las mujeres muertas por caídas tiene más de 65 años. No existen estudios exhaustivos que nos indiquen cuáles son las principales causas por las que se producen las caídas mortales. Pero, los primeros indicios de una investigación apuntan a que las caídas de mayor gravedad y que producen mayor número de muertes ocurren en las escaleras de acceso a las viviendas. Mujeres fallecidas por ahogamiento-atragantamiento En cuanto a las muertes por ahogamiento, sumersión y sofocación accidentales también han cuadruplicado su número en 20 años: han pasado de 334 a 1.649 las mujeres que han perdido la vida por estos accidentes. Si bien hemos de tener en cuenta que en este epígrafe el INE agrupa dos causas de muerte diferentes: los ahogamientos por sumersión en agua; y la muerte por atragantamientos, sofocación y asfixia accidental. El reparto de los números entre los dos accidentes en 2021 es el siguiente: 71 muertas por ahogamiento (el 55% entre 65 y 90 años); y 1.375 fallecidas por atragantamiento o asfixia, con el impresionante dato de distribución por edad de que el 83% de las fallecidas se encontraba en la franja de 80 o más años. Suicidio El total de suicidios entre ambos sexos ha superado por primera vez en la historia la barrera de las 4.000 muertes anuales en 2021 y la misma tónica de crecimiento se advierte entre las mujeres, que con 1.021 fallecimientos por esta causa también anota su récord histórico. En lo que va de siglo también se puede contemplar una tendencia al alza de suicidios femeninos. Muertes de mujeres en accidentes de tráfico Se han producido 316 muertes de mujeres en el tráfico en 2021, un ligero crecimiento respecto a las 295 de 2020. De las 316 fallecidas resulta que 126 de ellas, o sea un 40%, lo fueron mientras transitaban como peatonas. Es de destacar la espectacular reducción de las muertes de mujeres en accidentes de tráfico en los últimos veinte años. En el año 2021 se han registrado 1.129 muertes menos que en el año 2000. Esta gran disminución de mujeres muertas por tráfico desde primeros de siglo podía hacer presagiar que el balance general de la mortalidad por causas no naturales de las mujeres tendería a la baja, pero, sin embargo, como vemos esta reducción en muertes por tráfico ha sido compensada por las otras causas de muerte. NOTA: La ley Orgánica de Igualdad de 2007 obliga mediante su artículo 20, a que los servicios públicos incluyan sistemáticamente la variable de sexo en la elaboración de sus estudios, estadísticas, encuestas y recogida de datos que lleven a cabo.

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Menos muertes no naturales en Euskadi [04/03/2023]

Este artículo analiza las muertes por causa no natural en la CCAA de Euskadi en 2021. Una versión reducida del artículo fue publicada en los periódicos El Correo y El Diario Vasco el día 21 de febrero de 2023. El Instituto Nacional de Estadística de España (INE) publicaba a finales del año pasado, con el retraso que le caracteriza, los datos estadísticos relativos a las causas de muerte del año 2021. Los medios de comunicación estatales se han hecho eco de la evolución de algunas causas externas de mortalidad, en especial el número de suicidios que continúa al alza y por primera vez en la historia supera la barrera de los 4.000 fallecimientos anuales en España. Lo primero que ha llamado la atención de los medios nacionales al comparar los datos de 2021 con los de 2020 es que ha habido un incremento del número de muertes por causas externas. Se ha pasado de 16.078 muertes en 2020 a 16.831 víctimas mortales en 2021 que supone casi un 5% de incremento en un año, lo que no deja de ser una mala noticia, teniendo en cuenta que este número crece y crece en los últimos doce años. En primer lugar, hemos de aclarar la diferencia entre los conceptos de muerte por causas externas y muerte por accidente. Se entiende como causas externas de defunción las causas no naturales, o sea aquellas que producen la muerte de una persona y no están clasificadas como enfermedades. Pueden ser intencionales como el suicidio o el homicidio y no intencionales como las muertes accidentales (tráfico, ahogamientos, caídas, incendios, envenenamientos, etc.). Así que en las muertes por causas externas está incluidos los suicidios y los homicidios y en las muertes accidentales no se cuentan los suicidios ni los homicidios. Diferencias entre España y Euskadi El análisis de los datos de Euskadi nos advierte que los resultados en nuestra comunidad no siguen la misma trayectoria que en España, por lo que resulta de interés mostrar cuáles son esas diferencias que en algunos casos son llamativas. Mientras en España han aumentado, en Euskadi se ha pasado de 754 víctimas mortales en 2020, a 703 en 2021, lo que supone casi un 7% de reducción del total de fallecimientos. Comparando los últimos datos con los de principios del siglo XXI se observa que mientras que en el estado existe un ligero repunte, en Euskadi hay una tendencia a la baja, arrojándose un 15% menos de muertes por estas causas que en el año 2.000. Por otra parte, resulta interesante resaltar la distinta evolución entre sexos. Mientras que en el año 2.000 las muertes entre mujeres eran una por cada tres varones, poco a poco se va estrechando la diferencia y los fallecimientos femeninos se van acercando a los masculinos y en 2021 son ya el 60% de los de los hombres. Otra diferencia destacable es que en España la principal causa de muerte externa son los suicidios mientras que en Euskadi son superados ampliamente por las caídas, que suelen ser la principal causa de muerte accidental en los últimos años. Las principales causas de muerte accidental en Euskadi Tráfico La ligera caída de la mortalidad en los accidentes de tráfico en 2020 que tenía su explicación en la menor movilidad que hubo en el primer año covid ha visto frenada su disminución en el año 2021 para desgracia de todos y para preocupación de las autoridades que en la Estrategia de Seguridad Vial 2030 se han comprometido a reducir a la mitad el número de muertes en accidentes de tráfico habidas en el año 2019. El aumento de 5 víctimas mortales en 2021 ha supuesto un nada desdeñable 9,4% de incremento respecto a 2020 en estas muertes. Atendiendo a la edad, el 78% de los fallecidos tenían entre 18 y 64 años y el 22% había cumplido 65 años. Se puede destacar que el 81% de estos fallecimientos se ha producido entre los varones accidentados y tan solo el 19% eran mujeres, lo que debería mostrar a las autoridades responsables de seguridad vial hacia dónde deben dirigir el foco de sus campañas de prevención. Aunque los datos de un año no son significativos para obtener conclusiones, no es buena noticia para el Plan Estratégico de Seguridad Vial y Movilidad Segura y Sostenible de Euskadi 2021-2025.
Evolución de las principales causas externas de mortalidad en Euskadi
Caídas Otro dato poco conocido es que desde el año 2010 las muertes por caídas suelen ocupar el primer lugar entre las causas de muerte accidental en Euskadi. En 2021 con 169 víctimas mortales por caídas se mantiene la tendencia al alza desde principios de siglo y desde 2017 ha superado varios años a los suicidios como primera causa de muerte externa (recordemos que los suicidios no son muertes accidentales). Desde el año 2000 las muertes por caídas han aumentado un 84% (casi el doble) y sigue su evolución ascendente imparable sin que parezca que nadie vaya a ponerse a pensar en cómo frenar esta sangría que afecta principalmente a las personas mayores de 65 años. En 2021 el 85% de las personas fallecidas por caídas en la comunidad era mayor de 64 años. Como se observa en el gráfico, las muertes por caídas superan ampliamente a cualquier otro tipo de muerte por causa externa. La sociedad no es consciente de que los fallecimientos por caídas son el triple que por el tráfico, 15 veces más que por homicidio y casi veinte veces mas que por incendio. Lo verdaderamente asombroso es observar la diferente preocupación de las autoridades de las distintas administraciones por unos y por otros accidentes y comparar la injusta diferencia entre los recursos destinados a la prevención de cada tipo de accidente.  Ahogamientos y atragantamientos Esta clasificación del INE viene determinada por el CIE-10 (una clasificación establecida por la Organización Mundial de la Salud) y agrupa conjuntamente a las muertes por ahogamientos y por atragantamientos. Por ello, esta causa de los ahogamientos y atragantamientos con 91 fallecimientos ocupa el tercer puesto, situándose bastante por debajo de los suicidios. Envenenamiento por drogas y psicofármacos En esta causa se recogen las muertes que se producen por ingestión de drogas o psicofármacos de forma accidental. En el año 2021 con 70 muertes se mantiene el elevado número alcanzado en 2020 por esta causa que duplicó las 32 muertes que hubo en 2019. Incendios Con 6 muertes por incendios en el año se mantiene la tónica habitual, que en Euskadi está por debajo de las 10 muertes anuales en lo que llevamos de siglo XXI. A pesar de la repercusión social que suelen tener los incendios y sus víctimas, los incendios son una de las causas que produce menos muertes accidentales en Euskadi, con una tasa de alrededor de 3 muertos por millón de habitantes, de las más bajas del planeta. Las otras causas externas de muerte no accidentales Como ha quedado explicado con anterioridad entre las causas externas de mortalidad hay unas que son accidentales y otras no, como los suicidios o las muertes por agresión u homicidio. Veamos la evolución de estas dos últimas en Euskadi. Suicidio Desde hace años los suicidios están entre los primeros lugares ocupan entre las causas externas de mortalidad y en 2021 con 147 muertes anuales (casi tres a la semana) ocupan el segundo puesto por detrás de las muertes por caídas, si bien en 2021 ha habido un descenso de un 18% desde los 179 que ocurrieron en 2020. Los suicidios son mucho más frecuentes entre los varones resultando que 3 de cada 4 suicidios son llevados a cabo por hombres. A pesar de algunos extravagantes titulares mediáticos, los suicidios en Euskadi se mantienen en un rango estable oscilando alrededor de los 170 anuales desde el año 2000, no observándose un crecimiento desmesurado. Agresiones, Homicidios Con 10 víctimas mortales por agresiones en 2021 se mantiene la tendencia a la disminución de este tipo de muertes. Esta causa se sitúa por debajo de la media anual de 12 muertes de los últimos 20 años con una tasa por debajo de 0,5 homicidios por cada cien mil habitantes, muy por debajo de la media de la Unión Europea y también por debajo de la media del Estado Español. El resultado y conclusión de este breve análisis es que las estadísticas de Euskadi, donde se ha producido una bajada general de las muertes por causas externas, no se corresponden con las del Estado, en que han aumentado notablemente esas muertes, por lo que es importante prestar atención a los medios locales que son los que mejor informan de nuestra realidad.
Artículo publicado en el periódico El Correo el 21/02/23

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Herramienta de prevención del Colegio de arquitectos técnicos de Granada

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El Colegio Oficial de Aparejadores y Arquitectos Técnicos de Granada, a través de su Grupo de Trabajo de Seguridad y Salud, presenta una herramienta donde se analizan las relaciones entre coordinador, empresas y trabajadores autónomos presentes en la obra, detallando los procedimientos documentales precisos para una adecuada gestión de la prevención, intentando guiar al coordinador en materia de seguridad y salud durante la ejecución de las obras tanto con proyecto como sin él. Pretendiendo que sea una herramienta útil para los colegiados, el trabajo se estructura dando respuesta a las cuestiones más frecuentes a las que debe enfrentarse el coordinador de seguridad en su actuación, desarrollándose bajo un formato de preguntas-respuestas. Se pone el énfasis en afianzar las buenas prácticas preventivas en el sector de la Construcción, para poder avanzar en el camino de la seguridad y salud laboral, en aplicación del Real Decreto 1627/1997, de 24 de octubre, por el que se establecen las disposiciones mínimas de seguridad y salud en las obras de construcción. Enlace: https://seguridad.coaatgr.es/

El Windsor no cumplía con la Ley de Prevención de Riesgos Laborales [23/02/2023]

El sábado 12 de febrero de 2005, cerca de la medianoche, se inició un incendio en el Edificio Windsor situado en el corazón financiero de Madrid. El incendio tuvo un desarrollo vertiginoso que en pocas horas dejó reducido a cenizas al edificio y a su contenido, con la excepción del núcleo central del edificio, construido en hormigón armado. En estos días, dieciocho años después, se está emitiendo, por la cadena televisiva HBO, una miniserie sobre este incendio denominada “La maldición del Windsor”. La miniserie, con el fondo de diversas imágenes grabadas del incendio real, aporta las particulares opiniones del cómo y por qué se produjo aquel incendio, de periodistas, bomberos, peritos, familiares relacionados, investigadores, autoridades, e incluso parapsicólogos. Esta miniserie ha vuelto a poner de actualidad el incendio del Edificio Windsor en la sociedad española. El incendio Los bomberos, que fueron llamados a las 23:19 horas, se demoraron escasos minutos en llegar al Windsor ya que el parque de bomberos se encuentra situado a kilómetro y medio de donde se ubicaba el Edificio Windsor. Se enviaron, con intervalos de 5 minutos, dotaciones de bomberos de 3 parques. Las mangueras interiores y columnas secas del edificio se encontraban inoperativas. Comenzaron a caer falsos techos y cableados, con el resultado del desprendimiento de los equipos de respiración autónomos y de la desorientación de los bomberos. Varios bomberos resultaron lesionados. Rápidamente el incendio ocupó las plantas 21, 22 y 23. A las 01:15 horas se produjo el primer colapso con el hundimiento de la planta que los bomberos acababan de abandonar. Ante la situación de un edificio desocupado y del estado de gran peligrosidad para la vida de los bomberos, se decide atacar el incendio desde el exterior y abandonar el interior. El incendio quedó controlado a las 11:00 horas del domingo día 13, y se dio por extinguido oficialmente a las 01:00 del lunes día 14. Edificio Windsor Madrid Yo fui uno de los peritos que investigó el incendio del Windsor para un grupo de compañías aseguradoras. Y mis conclusiones, completamente documentadas, fueron que el Edificio Windsor, el día 12 de enero de 2005, carecía de las mínimas medidas de protección de incendios que, de forma eficaz, hubiesen podido detectar rápidamente el inicio del incendio, impedido su rápida propagación, y haber facilitado la evacuación segura de sus ocupantes. Además, la situación se veía agravada por las obras de remodelación que se estaban llevando a cabo dentro del edificio. La Policía científica estableció que el incendio había sido de origen fortuito sin establecer de forma cierta el lugar de origen. En mi opinión, la situación en que se encontraba, en cuanto a carencia de medidas de PCI, el Edificio Windsor, hacía que cualquier conato de incendio producido por cualquier fuente de ignición de carácter fortuito, chispa, colilla, cortocircuito, etc., tuviese las consecuencias finales que tuvo. El Windsor y la normativa de PCI El Edificio Winsor fue proyectado y construido en los años 70’s. En aquel tiempo no existía, en España, prácticamente ningún reglamento, ordenanza o normativa de protección contra incendios, que le fuese aplicable, por lo que los proyectistas no dotaron al edificio de sistemas de PCI mínimamente adecuados al riesgo de incendio que presentaba, muy especialmente para la seguridad de sus ocupantes en caso de incendio. Posteriormente se publicaron diversas normas estatales y locales sobre PCI, (OPPI, Reglamento de Prevención de Incendios de la Comunidad de Madrid, NBEs, etc.) pero de acuerdo con nuestro ordenamiento jurídico, las nuevas normas de PCI que se publican, no son de obligado cumplimiento a los edificios o industrias ya existentes, por lo que el Edificio Windsor había llegado al año 2005 en una situación de precariedad absoluta de medios de PCI. Edificio Windsor Madrid El Windsor y la LPRL Sin embargo, en noviembre del año 1995, como trasposición de la Directiva Europea 89/391/CEE se publicó en España la Ley de Prevención de Riesgos Laborales, Ley 31/95 de 8 de noviembre. Esta Ley 31/95 obliga a los empresarios a garantizar la protección eficaz ante todos los riesgos que puedan afectar a la seguridad y salud de los trabajadores y otros ocupantes, en los lugares de trabajo. Obviamente el riesgo de incendio es uno de los riesgos que afectan a la seguridad y salud de los trabajadores en los edificios en los que desarrollan su trabajo y que afectaba, y gravemente, a los trabajadores del Edificio Windsor aquel 12 de febrero de 2005. Afortunadamente el que el día fuera sábado, y la hora cerca de la medianoche, propició que el edificio estuviese desocupado. Pero no resulta difícil intuir lo que podría haber pasado, si tenemos en cuenta que algunos bomberos, perfectamente equipados, resultaron heridos. De esta somera exposición podemos concluir que si bien no le era exigible al Windsor ninguna norma constructiva de protección contra incendios del edificio, sí debería haber cumplido con la exigencia básica y elemental de protección eficaz que pretende garantizar la LPRL para los trabajadores en sus centros de trabajo. Al día de hoy existen muchos edificios e industrias en nuestro país que, como resultado del marco legal aplicable en cuanto a PCI en la construcción, y la aparente ignorancia social del mandato de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales, se pueden encontrar en situaciones similares o peores, en cuanto a PCI, que el Edificio Windsor aquel 12 de febrero de 2005. Cabe esperar que las autoridades laborales sean conscientes de esta terrible situación y tomen las medidas oportunas para el futuro, comenzando por el presente.

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Lo que pasó en el incendio del WINDSOR [23/02/2023]

Aprovechando que una serie de TV nos ha recordado el incendio del Edificio WINDSOR, cuelgo en este blog el artículo que me publicó el diario EL MUNDO el 18 de marzo de 2005 y que, aunque algunas cuestiones puedan no resultar de actualidad hay otras que mantienen su vigencia. En todo caso su contenido, que reproduzco sin tocar ni una coma, ha de interpretarse en su contexto temporal. Incendio en el Windsor. Podía pasar. En Madrid, la capital de España, una de las ciudades más modernas del mundo occidental, de uno de los países más industrializados del mundo, que cuenta con una legislación de protección contra incendios (en adelante PCI) relativamente reciente, un Cuerpo de Bomberos numeroso y dotado de moderno equipamiento, con buenas empresas instaladoras y mantenedoras de instalaciones contra incendios, con grandes compañías aseguradoras que se supone que cuidan por sus intereses y con políticos que continuamente pregonan que velan por la seguridad de los ciudadanos, hemos visto en directo cómo ardía un edificio emblemático con la impotencia de no poder hacer nada para apagarlo. La conclusión inmediata a los hechos es que el Incendio del WINDSOR ha sido un fracaso colectivo. A estas alturas resulta evidente lo que ya tantos expertos, analistas y colegas han concluido: han fallado muchas cosas; ha fallado casi todo. Falló: la legislación de prevención de incendios que tiene como fin que esto no ocurra, la detección del incendio, la transmisión de la alerta, la rápida transmisión de la alarma al Servicio de Bomberos, el diseño de la compartimentación del edificio que permitió que se propagase, el arquitecto que no previó que se podía producir un incendio como este y no tuvo en cuenta dotar al rascacielos con instalaciones contra incendios más eficaces como los rociadores automáticos, el mantenimiento de las instalaciones de lucha contra incendios, el plan de emergencia del edificio, la formación de los vigilantes, faltó el agua en las instalaciones del edificio… Y algo más tuvo que pasar para que el Servicio de Bomberos de Madrid no pudiese apagar este incendio. No es el primer edificio que se ha incendiado en Madrid y hasta ahora siempre los han apagado así que se ha de reflexionar sobre lo ocurrido, detectar los fallos y adoptar las medidas correctoras para el futuro. Suponemos que las investigaciones en curso serán capaces de determinar algunas de las incógnitas del Incendio del WINDSOR. Pero, sin entrar en el análisis de las causas y orígenes del incendio podemos presumir que había serias carencias o al menos podemos hacernos algunas preguntas que hoy por hoy no tienen respuestas.
  • ¿Había un diseño adecuado de la compartimentación del edificio para evitar la propagación del mismo?
  • ¿qué sabía el arquitecto sobre PCI en el momento en que diseñó el edificio?
  • ¿por qué el incendio acaba propagándose hacia abajo, lo que no es habitual en incendios de edificios similares?
  • ¿tenía el edificio un plan de emergencia bien elaborado y se había realizado la implantación del mismo?
  • ¿funcionó la detección de incendios?
  • ¿funcionó la transmisión de la alarma?
  • ¿cuánto tiempo transcurre desde que se inició el incendio hasta que se activa la detección?
  • ¿cuánto tiempo transcurre desde que los vigilantes saben de la existencia del incendio hasta que avisan a Bomberos?
  • ¿qué formación tenían los vigilantes en materia de extinción de incendios?
  • ¿funcionaron adecuadamente las mangueras (BIEs) del edificio? ¿Había presión suficiente? Y si no la había ¿por qué no?
  • ¿el mantenimiento de las instalaciones de PCI era adecuado? Y si no lo era ¿por qué no?
  • ¿qué formación sobre la materia habían recibido los empleados de la empresa de mantenimiento?
  • ¿actuó bien el Servicio de Bomberos fiándose de que las instalaciones de PCI del edificio funcionarían?
  • ¿podía el Cuerpo de Bomberos haber utilizado otra táctica que hubiese permitido extinguir el incendio?
  • ¿afectó el síndrome del 11-S a los responsables de Bomberos por temor a que el edificio se viniese abajo y priorizaron prematuramente la seguridad de su personal?
  • El turno de bomberos que intervino llevaba de guardia desde las ocho de la mañana: ¿si los bomberos no llevasen más de 12 horas de jornada laboral cuando se inició el incendio, podrían haberlo apagado?
Hay algunos aspectos de este incendio sobre los que nada se ha dicho públicamente y corresponde a nuestra asociación poner el dedo sobre la llaga. Analicemos algunas de las variables que han participado en este incendio. En cuanto a la legislación en materia de prevención de incendios, España es uno de los pocos países que carece de una Autoridad nacional de Incendios, por lo que la legislación en materia de PCI es competencia de cada uno de los Ministerios: así existe legislación sobre incendios del Ministerio de Interior en los espectáculos públicos, del Ministerio de Fomento en los puertos y aeropuertos, del Ministerio de Sanidad en Hospitales, del Ministerio de Comercio y Turismo sobre los Hoteles. La seguridad en las cárceles depende del Ministerio de Justicia y en los cuarteles del Ministerio de Defensa, mientras que la seguridad en los camiones y autobuses depende de Transporte. ¡Ah! Y los incendios forestales en el campo, en las cosechas y en los bosques dependen del Ministerio de Medio Ambiente. Y por ejemplo, no existe legislación nacional contra incendios aplicable a las estaciones del transporte o los túneles de metro o de carretera. ¡A que parece hecho adrede en plan de cachondeo! Y por si fuera poco, la legislación que regula las instalaciones de protección contra incendios dependen del Ministerio de Industria y por ejemplo la instalación de hidrantes (esos aparatos rojos que se ponen en la aceras para que cuando llegue el vehículo de bomberos tenga agua con el que abastecer sus mangueras y apagar los incendios) depende de cada uno de los 8.000 ayuntamientos españoles, pues es una competencia municipal. La anchura de una calle y los obstáculos urbanos que determinan si un vehículo de bomberos puede llegar o no hasta la fachada de un edificio, se considera en España una cuestión de diseño urbanístico y por tanto es  también competencia municipal mientras que en Europa, por ser una cuestión de seguridad de las personas es una competencia del Ministerio del Interior. Un ejemplo de este problema es que los vehículos de bomberos no se pueden aproximar a ninguna de las fachadas de la Torre Picasso de 157 metros de altura (referente del moderno Madrid) ya que está situada en el centro de una plaza a la que no pueden entrar los camiones de bomberos. La principal legislación española en materia de PCI en la Edificación es la NBE.CPI.96 (que depende de la Dirección General de la Vivienda). En virtud de esta Norma existe un Comité Permanente de las Condiciones de Protección Contra Incendios encargado de velar por la aplicación, la interpretación y la actualización de esta normativa. Pues bien, este Comité no se ha reunido desde el año 1996 a pesar de nuestras reiteradas denuncias. Desde nuestra asociación hemos venido reclamando insistentemente, con poco éxito, que en los reglamentos de protección contra incendios se tengan en cuenta los criterios expresados por los técnicos de los Servicios de Bomberos y que en la legislación se recoja que los Servicios de Bomberos realizarán el control y la aplicación de esta normativa. Es más, en muchas de las Normas y Reglamentos que regulan la PCI en España ni se menciona a los Servicios de Bomberos (deliberadamente). La realidad es que la normativa estatal de PCI se realiza desde un despacho de un Ministerio de la Castellana sin contar con la participación de los auténticos conocedores de los incendios que son los responsables técnicos de los Servicios de Bomberos y eso no es admisible. En toda Europa está establecido que el control de los proyectos urbanísticos y de edificación, las licencias de actividad y organización de espectáculos depende de los departamentos de Prevención de los Servicios de Bomberos, pero, España es diferente. Otro aspecto negativo es que las leyes de PCI se promulgan sin carácter retroactivo, con lo cual resulta que la seguridad de los ciudadanos no es un derecho igualitario para todos, si no que depende de la antigüedad del edificio en que se vive, trabaja o visita. Esto es incomprensible, cualquier medida que afecte a la seguridad de las personas ha de tener carácter retroactivo, como se hizo por ejemplo en la seguridad de los ascensores. Tampoco están regulados los Servicios de Bomberos a nivel nacional. Existe la Ley de Bases de Régimen Local del año 1985 que establece la obligatoriedad de que los Ayuntamientos de más de 20.000 habitantes cuenten con un Servicio de extinción de Incendios, pero son muchas las ciudades que nunca cumplieron esta Ley y al día de hoy no cuentan con este Servicio. Esta Ley determina que los ciudadanos que viven en ciudades de menos de 20.000 habitantes no tienen derecho a ser asistidos por un Servicio de Bomberos en caso de incendio. Por otra parte, tampoco existe Ley, Norma o Reglamento nacional que diga qué es un Servicio de Bomberos, ni cuáles son sus funciones, por lo cual un Alcalde puede determinar que unos pocos funcionarios vestidos de uniforme y con un casco vistoso que tienen un camión rojo constituyen un flamante Cuerpo de Bomberos. España tiene pendiente la modernización de la organización de los Servicios de Bomberos, que no solo consiste en la adquisición de vehículos y herramientas cada vez más modernas y sofisticadas. Hay que transformar los tradicionales apagafuegos en verdaderos profesionales de la emergencia y cuyo fin principal sea la prevención, o sea evitar los incendios. Debido al sistema peculiar de cómputo de la jornada laboral del bombero, España tiene los Servicios de Bomberos más caros de Europa, ya que al contabilizarse todas las horas como jornada laboral efectiva (incluidas las que está durmiendo) se necesita contratar seis bomberos para poder tener uno de guardia (en los países europeos se necesitan solamente cuatro). Esto provoca el resultado de que un bombero español trabaja solamente cinco o seis días al mes produciéndose un grave desarraigo laboral y propiciando que estos funcionarios practiquen el pluriempleo dedicándose a otras actividades laborales en el seno de la economía sumergida. El trabajo de fontanero, taxista, mecánico, instalador de aire acondicionado o de gas, transportista, tendero, etc, acaba siendo su principal actividad, pues es la que atiende todos los días y ser bombero solo lo hace de vez en cuando. Todas las Autoridades nacionales, autonómicas y locales son cómplices de esta estafa nacional ya que lo conocen y no hacen nada por resolverlo ni atajarlo. Por ejemplo, el Alcalde de Madrid que es el responsable del horario de Bomberos de Madrid, es el responsable de que un bombero de los que intervino en el Incendio del WINDSOR no se encontrase con plenas facultades para realizar su trabajo pues había entrado de guardia a las ocho de la mañana. Y por eso tras algunas horas de intenso trabajo los bomberos de guardia tuvieron que ser relevados por bomberos, que fuera de guardia, se habían presentado voluntariamente para ayudar a sus compañeros. Cualquier bombero accidentado podría demandar al Ayuntamiento de Madrid por el incumplimiento de Ley de Prevención de Riesgos Laborales que no permite jornadas laborales de 24 horas continuadas. También debería reflexionarse sobre la situación a la que se está llegando en los parques de bomberos de nuestro país como resultado de continuados periodos de conflictividad laboral. La presión sindical, radicalizada en muchos casos hasta extremos agresivos, que van más allá de lo civilizado, empuja al colectivo de Bomberos a mantenerse durante meses en una situación de reivindicación permanente, negándose a cualquier actividad de entrenamiento, de formación interna o de cuidado y mantenimiento de sus propios equipos de trabajo y dedicándose únicamente a presionar a su responsable político y a su Jefe de Bomberos. El resultado es claro, estos conflictos se cierran con la claudicación del concejal o diputado de turno, que sometido a las medidas de presión acepta al final todas las exigencias sindicales, incluyendo obviamente el cese del Jefe de Bomberos; pero también se cierra con una pérdida de competencia del personal y de capacidad de intervención debido a la prolongación del tiempo de inactividad. Es difícil encontrar hoy día un Cuerpo de Bomberos donde no haya sucedido esto en los últimos años. ¿Mejora así la calidad, la eficacia o la eficiencia del Servicio público de Prevención, Extinción de Incendios y Salvamentos?, ¿Obtiene alguna ganancia el ciudadano? Otra anécdota curiosa si cabe, es que en España no sabemos cuantos incendios hay al año, ni tan siquiera cuantas personas mueren debido a los Incendios. No existe una estadística estatal sobre incendios o intervenciones de Bomberos. Si le preguntamos al Ministro del Interior cuantos muertos por accidentes de tráfico hubo el año pasado, seguro que se lo sabe de memoria, pero, si le preguntamos por el número de muertos por incendio el pasado año o el anterior (y eso que la responsabilidad de las estadísticas nacionales de Bomberos es de su Ministerio) nos mirará como las vacas al tren. Como conclusión, el colectivo de Jefes, Mandos y Técnicos de Bomberos de España nos vemos en la obligación de exigir:
  • Una Autoridad o Agencia nacional que sea competente en materia de Incendios, o al menos la creación de una Dirección General de Bomberos.
  • Establecer la retroactividad de la legislación de prevención de incendios en todo lo que afecte a la seguridad de las personas.
  • Una Ley Nacional de Incendios que garantice el derecho a la protección contra Incendios a todos los ciudadanos españoles.
  • Promulgar Una Ley Marco que regule la prestación de los Servicios de Bomberos en España y que recoja la obligatoria función de prevención de incendios dentro de los Servicios de Bomberos.
Sabíamos que esto podía pasar, nos temíamos que pudiese ocurrir y finalmente ha sucedido. ¿Alguien va a hacer algo para que esto no vuelva a ocurrir? Nos tememos que no. En todo caso, si algún órgano de la Administración o incluso algún partido político está dispuesto a corregir este caos, puede contar con la colaboración de esta asociación. Sabemos lo que hay que hacer, solo hace falta que alguien quiera escuchar nuestro diagnóstico y quiera aplicar las medidas correctoras que proponemos y que consideramos necesarias para asegurar la necesaria protección contra incendios a nuestros ciudadanos. Javier Larrea, Secretario General de la Asociación Profesional de Técnicos de Bomberos -APTB- (en 2005)Artículo El Mundo Windsor

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Siniestralidad mortal en vías interurbanas 2022 (Cómputo de personas fallecidas a 24 horas). Datos provisionales

Este informe presenta un análisis de los siniestros mortales ocurridos en el año 2022 en vías interurbanas. El cómputo de personas fallecidas se realiza durante las 24 horas siguientes al siniestro. La información utilizada procede de los agentes encargados de la vigilancia y control del tráfico y los servicios autonómicos con competencias. Autor: Observatorio Nacional de Seguridad Vial Edita: DGT Dirección General de Tráfico Fecha: 9 de enero de 2023 Enlace: https://opra.info/wp-content/uploads/Siniestralidad-mortal-a-24h-en-2022_interurbana.pdf Siniestralidad-mortal-en-vias-interurbanas-2022-Computo-de-personas-fallecidas-a-24-horas-Datos-provisionales DGT

Publicaciones sobre Tráfico durante 2022 en OPRA

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Recogemos a continuación una selección de los artículos y noticias más destacados que hemos publicado durante 2022 relacionados con la Prevención de Accidentes de Tráfico con el enlace directo para que resulte más fácil leerlos. 
ARTÍCULOS Fecha publicación
Reducir los accidentes “in itinere”. Propuesta del Senado: un brindis al sol 18/03/2022
La nueva Ley de Tráfico reforzará la seguridad vial 21/03/2022
Aumentan los accidentes de tráfico en las ciudades 11/04/2022
La seguridad de los ciclistas en el día mundial de la bicicleta 02/06/2022
Análisis de la seguridad vial en los pasos de peatones 13/06/2022
El casco ciclista 18/08/2022
NOTICIAS Fecha publicación
Policía Local de Daimiel: analizar para prevenir 25/01/2022
El 25,8% de los accidentes laborales de tráfico son mortales 18/04/2022
¿Más accidentes de tráfico por la ola de calor? 15/08/2022
¿Se va a eliminar la fase ámbar intermitente de los semáforos? 15/09/2022

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Estadística de accidentes de trabajo. Avance enero-diciembre 2022

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Datos estadísticos provisionales sobre los accidentes de trabajo ocurridos en el año 2022 publicados por el Ministerio de Trabajo. La información de accidentes de trabajo procede de la explotación mensual que efectúa la Subdirección General de Estadística y Análisis Sociolaboral de los partes de accidentes de trabajo. En este Avance enero-diciembre, los índices de incidencia son anuales y están referidos a accidentes al año por cien mil trabajadores. Edita: Ministerio de Trabajo y Economía Social Fecha: Febrero de 2023 Enlace formato excel: https://www.mites.gob.es/estadisticas/eat/welcome.htm Enlace resumen formato word: https://www.mites.gob.es/estadisticas/eat/eat22_12/ATR_12_2022_Resumen.pdf

Día europeo del teléfono de emergencia 112 (uno, uno, dos)

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Se celebra el día 11 de febrero de cada año, o sea el 11/2. Desde el año 1992, una directiva europea obligó a los estados de la UE a implantar en todos los países este número común de emergencias: el 112, UNO–UNO–DOS para que los ciudadanos de cualquier parte puedan solicitar ayuda en una situación de emergencia en cualquier país europeo en el que se encuentren. Se puede llamar al 112 desde teléfonos fijos o móviles de forma gratuita para contactar con cualquier servicio de emergencia: ambulancia, bomberos o policía. El operador atenderá la solicitud directamente o desviará las llamadas al servicio de emergencia más adecuado según la organización nacional de servicios de emergencia. El 112 también se utiliza en otros países fuera de la UE, como Suiza y Sudáfrica, y está disponible en todo el mundo en la red móvil GSM. En el 112 no se proporcionan informes de tráfico ni meteorológicos ni información general. 112 Lituania Suecia El «112» es el número único de emergencia en Dinamarca, Estonia, Finlandia, Malta, los Países Bajos, Portugal, Rumanía y Suecia y, entre los países del EEE (Espacio económico europeo), en Islandia. La mayor parte de las llamadas al «112» se realizan en Estados miembros en los que todavía siguen utilizándose números nacionales, pues no es obligatorio eliminar los otros teléfonos que tengan los estados para llamar a bomberos, policía o servicios sanitarios. En los Estados miembros, el uso del número único europeo de emergencia varía enormemente, del 9% en Francia al 99% en Bulgaria. En España se ha superado ya el 60%. Porcentaje de llamadas al 112 Las llamadas desde teléfonos móviles superaron con creces el número de llamadas desde teléfonos fijos. Por término medio, el 73% de las llamadas se efectuaron desde teléfonos móviles. El alto índice de uso de los teléfonos móviles multifunción tiene la ventaja de que aumenta la eficacia de las comunicaciones de emergencia gracias a la disponibilidad de información precisa acerca de la localización del llamante. El 1-1-2 en España Según el Instituto español para la reducción de desastres no existen estadísticas globales del número de llamadas recibidas en este número a nivel nacional que permitan realizar un seguimiento y comparativa interanual sobre su evolución, implantación y aceptación por parte de los ciudadanos en nuestro territorio. Tampoco existe ningún órgano a nivel nacional que se haya encargado de realizar estas estadísticas anuales e interanuales en las dos décadas transcurridas desde su puesta en funcionamiento. Parece que debería ser una obligación para la DGPCE la elaboración de estas estadísticas. Ojalá se animen y nos sorprendan elaborando unas completas estadísticas sobre emergencias en España que hasta la fecha no han hecho. Enlace: https://eur-lex.europa.eu/legal-content/ES/TXT/PDF/?uri=CELEX:52020DC0808&from=ES