Hoy 21 de marzo entra en vigor en España la Ley de Tráfico que se publicó en el BOE el 21 de diciembre de 2021. Hemos tenido tres meses para aprender las nuevas disposiciones, pero por si alguien no se ha dado cuenta de los cambios que supone, damos un repaso a las principales novedades que nos trae esta Ley en materia de seguridad.
Autor: Javier Larrea. Presidente del Observatorio de Prevención de Riesgos y Accidentes
Publicación: Web OPRA www.opra.info • 21 de marzo de 2022
Margen de 20Km/h para adelantar
Una de las nuevas medidas adoptadas más controvertida ha sido la de no permitir la superación en 20km/h a la velocidad máxima permitida en los adelantamientos. Si bien, algunas asociaciones y expertos abogaban por mantener esta excepción, finalmente se decidió eliminar ese margen alineándose con la legislación de los países de nuestro entorno. Aceptando que la velocidad está relacionada con la gravedad de los accidentes es de esperar que esta reducción en una de las maniobras más peligrosas como es el adelantamiento, pueda reducir la siniestralidad.
Las sanciones
Se ha atribuido parte del éxito de la reducción del número de víctimas mortales en los accidentes de tráfico a los mecanismos punitivos de las conductas que atentaban contra la seguridad vial. Uno de los argumentos más extendido es la contribución del carnet por puntos a la reducción de la siniestralidad. También está presente en el fondo de esta Ley el hecho de que las distracciones están presentes en muchos de los accidentes de tráfico, por lo que se gravará el uso del teléfono móvil. En esta línea, la nueva Ley aumenta sustancialmente algunas de las sanciones:
- Se agrava de tres a seis la pérdida de puntos en infracciones consistentes en la utilización del teléfono móvil sujetando el dispositivo con la mano.
- Disponer de un detector de radar en el coche será sancionado con tres puntos y 200 euros de multa, tan solo por llevarlo instalado en el vehículo, aunque no se use.
- No llevar puesto el cinturón de seguridad aumenta la sanción de tres a cuatro puntos.
- Habrá una nueva multa de 200 euros y seis puntos por el adelantamiento incorrecto a los ciclistas (no dejar metro y medio).
- Parar o estacionar en los carriles bici o vías reservadas a ciclistas llevará aparejada una multa de 200 euros.
- Aparece el concepto tasa 0,0 como obligación para los menores que usen ciclomotor, bicicleta o vehículo de movilidad personal y su incumplimiento acarreará una sanción de 500 euros.
Vehículos de movilidad personal -VMP-
Los VMP aparecen por primera vez en una Ley de Tráfico. Evidentemente una nueva Ley tiene que adaptarse a los nuevos tiempos, las nuevas tecnologías y los nuevos usos, y una de las novedades recién aparecida en nuestras vías es el patinete eléctrico, que no aparece así nombrado en la Ley, sino que se le conoce como “vehículo de movilidad personal”.
Será obligatorio que los usuarios de estos vehículos lleven casco. Se establece que los VPM al igual que los ciclistas no podrán circular por las aceras, las autopistas y las autovías.
No llevar casco y circular por la acera serán infracciones graves y serán sancionadas con una multa de 200 euros.
Mejorar la seguridad vial
Esperemos que esta Ley ayude a reducir las muertes en las carreteras urbanas e interurbanas. La reducción de las víctimas mortales en los accidentes de tráfico podemos presentarlo como un caso de éxito desde finales del siglo XX, pero en los últimos años esta reducción se había estancado.
Temas pendientes
No se obliga a que todos los vehículos que utilicen las vías tengan un seguro de accidente. No es descabellado que quien pueda producir un daño tenga un seguro que garantice a la víctima ser resarcido del daño producido. Es de esperar que este importante asunto se aborde en nuevas reformas legislativas.
Nuestros gobiernos nos repiten constantemente lo importante que es la concienciación y la sensibilización en la prevención de accidentes y por supuesto que es importante, pero no se aborda la formación de los ciudadanos desde donde debe hacerse, desde el sistema educativo que es donde debe estar imbricada esta educación en materia de seguridad. Es necesaria una asignatura de seguridad en los colegios (seguridad vial, primeros auxilios -RCP, manejo del desfibrilador y maniobra de Heimlich-, prevención de incendios y evacuación, etc.).
DEBEMOS TENER MUY CLARO QUE LO QUE NO CONSIGAMOS MEDIANTE LA EDUCACIÓN NO LO VAMOS A LOGRAR CON LEGISLACIÓN.
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