Con motivo del día internacional de los voluntarios que se celebra el 5 de diciembre desde 1985 por decisión de la ONU, reflexionamos sobre este capital social que supone el voluntariado en el mundo y en España.
Autor: Javier Larrea. Presidente del Observatorio de Prevención de Riesgos y Accidentes
Publicación: Web OPRA www.opra.info • 5 de diciembre de 2022
El voluntariado forma parte del tejido de todas las sociedades y se considera un recurso esencial para el desarrollo. Según la ONU hay más de mil millones de voluntarios en todo el mundo en 2018 y su esfuerzo es equivalente a los de
109 millones de trabajadores a tiempo completo.
Esa fuerza de trabajo voluntario casi triplica el número de personas que trabajan en servicios financieros en todo el mundo y es más de cinco veces de quienes se dedican a los sectores de la minería y la extracción.
La inmensa mayoría del trabajo voluntario, el 70%, no está relacionada con ninguna organización, sino que se lleva a cabo de manera informal entre los integrantes de las comunidades. En todo el mundo, las mujeres asumen la mayoría del trabajo voluntario, el 57%, y un porcentaje aún mayor del servicio voluntario informal, el 59%, a menudo como ampliación de los roles de cuidado no remunerados.
Voluntariado en España
Del documento
LA ACCIÓN VOLUNTARIA EN 2020 elaborado por la Plataforma del Voluntariado en España en el que se ofrece un panorama de la colaboración de la población española con las ONG, podemos destacar que la población voluntaria en España está en torno al 6,4% de la población mayor de 14 años, lo que supone que son casi 2,7 millones de personas con una proporción mayor de mujeres que de hombres.
No es para sentirnos orgullosos, pues España se sitúa en el número 24º en el ranking europeo de solidaridad, situándonos por debajo de la mayoría de los países vecinos comunitarios, si bien se aprecia un ligero incremento. El perfil más común suele ser el de una
mujer de entre 34 y 45 años, con estudios superiores, menores de edad a su cargo y con una media de 5 años de participación en acciones sociales.
Legislación del Voluntariado
Más de 90 países de todo el mundo tienen ya políticas o legislación sobre el servicio voluntario. En España es la
Ley 45/2015, de 14 de octubre, de Voluntariado, la
que regula la actividad de las personas voluntarias, las normas y condiciones que deben respetar las organizaciones en las que son voluntarias, y los derechos de las personas a las que ayudan. Y cada Comunidad Autónoma tiene su propia Ley de Voluntariado en la que se recogen aspectos similares.
Voluntariado en servicios públicos de emergencias
No existe un departamento del gobierno que se encargue de este importante tema por lo que no sabemos con certeza el número de organizaciones ni de voluntariado. La DGPCE debería llevar un control riguroso de los medios y recursos de emergencia existentes en el Estado español, incluidas las organizaciones de voluntariado, pero nunca lo ha hecho y es altamente improbable que lo vaya a hacer. Y por no centrar mis críticas en el gobierno del Estado, añado que muchos gobiernos de las CCAA tampoco saben cuántos voluntarios tienen. Incluso, algunas administraciones haciendo seguidismo de los intereses sindicales, si bien no han declarado la guerra al voluntariado, hacen muy poco por su promoción y ayuda.
Mi estimación, en este descontrol español, es que quizás no se esté muy lejos de los 100.000 voluntarios. En 2010 había 5.000 bomberos voluntarios. Puede haber entre 50.000 y 60.000 voluntarios de protección civil. También habrá entre 6.000 y 8.000 voluntarios en las ADF de Cataluña. A estos habría que añadir una parte del voluntariado de la Cruz Roja dedicada a las emergencias y al salvamento, y sumar las personas voluntarias de otras organizaciones más desconocidas y de escaso control administrativo.
España es el país de Europa con menos voluntariado de bomberos y protección civil y no solo en este ámbito de las emergencias; media docena de países europeos han puesto en marcha un modelo de colaboración ciudadana basado en policías voluntarios, lo que es frecuente desde hace bastantes años en los países anglosajones, UK, EUA, Canadá y Australia.
Un ligero problema ha venido a suponer la redacción del artículo 4 de la Ley española del voluntariado que en su punto 2 recoge: “
La realización de actividades de voluntariado tampoco podrá sustituir a las Administraciones públicas en el desarrollo de funciones o en la prestación de servicios públicos a los que están obligadas por ley”.
Ese artículo, de ambigua redacción y más difícil interpretación, ha querido poner la tirita antes de la herida, pues en las emergencias en España no se ha dado ese caso. El voluntariado ha surgido siempre por iniciativa social antes de que los poderes públicos asumieran sus responsabilidades.
En realidad, ese párrafo de la ley debería estar redactado de la forma siguiente:
“Los poderes públicos propiciarán y favorecerán la creación de entidades de voluntariado social (con determinadas condiciones) allí donde la ciudadanía se organice de forma espontánea.”
NUESTRAS FELICITACIONES Y AGRADECIMIENTO A CADA MIEMBRO DEL INESTIMABLE VOLUNTARIADO