Del desarrollo de la DANA no voy a hablar; algún día tendré que hacerlo con un análisis, pero exclusivamente técnico, de lo acontecido, hecho y dicho. La gente afectada se lo merece. Pero sí estamos viendo ya algunos de los efectos colaterales y diferidos de un suceso que conmocionó a toda la sociedad y que todavía lo sigue haciendo.
Uno de esos efectos es el aumento de presión a la que están siendo sometidas las personas que tienen que tomar decisiones y, en consecuencia, el sesgo al alza que están tomando algunas de ellas. Resaltaré dos ejemplos muy llamativos de esa presión: uno más o menos inocuo pero con mucho impacto visual y otro claramente negativo, de mayor calado técnico.
El relativamente inocuo es la exigencia de que las más altas autoridades vinculadas al área de gestión del suceso se personen inmediatamente en los PMA (Puestos de Mando Avanzados). Lo que hasta no hace mucho era algo excepcional, ver a un/a ministro/a, presidente/a de la Comunidad o delegado/a del Gobierno en el PMA, empieza ahora no solo a ser habitual, sino a convertirse en una exigencia ineludible. No está mal que nuestras autoridades vean in situ cómo es este extraño trabajo de luchar contra lo que nos amenaza. No está mal siempre que el objetivo sea ponerse a disposición del sistema operativo y aportar colaboración institucional, porque si van al PMA a mandar, corrijo lo de “inocuo” y pongo “peligroso”. Y allí, oye, tienen que estar todos y todas desde el principio; y, por supuesto, tienen que hablar sobre el suceso y contarlo todos y todas de forma secuencial, respondiendo uno tras otro a preguntas absolutamente técnico-operativas que, creo, no les corresponden. Lo que cuento no hay que demostrarlo con datos: enciende la televisión, en cualquier canal, menos en los deportivos, y lo ves.
El negativo es el siguiente, y lo hemos visto con especial claridad en el eclipse. En mi opinión, se está elevando la gestión ordinaria del riesgo a niveles propios de la emergencia extraordinaria o de la protección civil. Conviene recordar que la Ley 17/2015, del Sistema Nacional de Protección Civil, establece en su artículo 2 de definiciones lo siguiente: “Emergencia de protección civil: Situación de riesgo colectivo sobrevenida por un evento que pone en peligro inminente a personas o bienes y exige una gestión rápida por parte de los poderes públicos para atenderlas y mitigar los daños y tratar de evitar que se convierta en una catástrofe. Se corresponde con otras denominaciones como emergencia extraordinaria, por contraposición a emergencia ordinaria que no tiene afectación colectiva”.
¿Dónde estaba el peligro inminente a personas y bienes en el eclipse?
Se trataba de un acontecimiento natural previsible, no lesivo por sí mismo y abordable mediante medidas reforzadas de información y prevención debidamente coordinadas. La correspondiente evaluación de riesgos podía concluir que la eventual concurrencia masiva de personas en determinados puntos de observación exigía planificación, mucha información para la autoprotección, refuerzo y coordinación de servicios así como otras medidas preventivas proporcionadas; pero esa necesidad organizativa no convertía automáticamente el acontecimiento en una emergencia extraordinaria ni, por tanto, en la terminología de la legislación aplicable, en una emergencia de protección civil.
Principios básicos de la protección civil
En mi opinión no se cumplieron tres principios básicos del funcionamiento ordenado de la protección civil:
- Principio de proporcionalidad: La respuesta con medidas de emergencia extraordinaria no se correspondía con el riesgo real analizado y en ningún caso en el de emergencia extraordinaria o de protección civil en situaciones de emergencia 1 y 2.
- Principio de coherencia: Parece obvio que, dentro del Sistema Nacional de Protección Civil, un mismo riesgo, cuando presenta condiciones sustancialmente homogéneas, no debería recibir calificaciones operativas distintas según el territorio. La realidad nos indica que las comunidades autónomas quedaron divididas al 40 % entre quienes optaron por una medida mesurada, activar la fase de preemergencia o alerta, y al 60 % quienes optaron por declarar fases de emergencia en situaciones 1 o 2.
- Principio de sucesión ordenada: Tal y como indica el artículo 24 de la Norma Básica de Protección Civil, cuando en una situación de emergencia la evolución de esta conlleve la activación de diferentes situaciones operativas, se dispondrá su activación y desactivación de forma ordenada y sucesiva. Es decir, no podemos activar la situación más extrema cuando todavía no ha pasado nada. ¿Qué tal si se empieza por el principio?
Por otro lado, y no menos importante, vimos cómo se utilizó ES-Alert para enviar consejos preventivos, ya reiterados en la campaña de información. En mi opinión, los instrumentos de comunicación propios de la emergencia extraordinaria, como ES-Alert, deben conservar siempre su carácter excepcional. Su uso regular para recomendaciones preventivas generales debilita la necesaria diferencia entre información pública ordinaria, alerta preventiva y aviso de emergencia. Y esa diferencia no es menor: de ella depende que la ciudadanía siga distinguiendo entre una recomendación, una alerta y una llamada urgente a actuar.
El resultado
¿Y el resultado, cómo fue? ¿Fue perfecto porque salió todo bien y no hubo ningún daño colectivo relevante, en una situación casi ordinaria pero declarada de emergencia extraordinaria?
Evidentemente no, porque debemos tomar nota de hacia dónde nos está llevando la ola. Los poderes públicos se enfrentan a entornos cada vez más complejos, sometidos a elevados niveles de exposición político-mediática y a una intensa demanda social de seguridad. La presión sobre quienes tienen que tomar decisiones es muy grande, y por lo que se ve, a veces difícilmente gestionable. Por todo ello, ante acontecimientos capaces de generar incertidumbre o riesgos potenciales difíciles de cuantificar, se está buscando el refugio en la activación de las estructuras de protección civil, que permiten ofrecer una potente imagen de anticipación, coordinación y capacidad de respuesta, aunque sea innecesaria. Así, desde una perspectiva de imagen institucional y de presión humana, la tentación de recurrir a estas herramientas extraordinarias pudiera ser explicable. Dicho de otra manera: se puede entender desde el punto de vista humano, pero no lo comparto desde el punto de vista técnico porque me parece muy perjudicial y con consecuencias a corto plazo.
Alternativa
Por eso, quizás, pero solamente quizás, en este caso concreto, si todas las comunidades autónomas hubieran coincidido en fijar la posible emergencia en el mismo nivel, que era claramente, en mi opinión, el de seguimiento y coordinación en fase de preemergencia o de alerta, esa presión, al ser compartida, se habría diluido al primar lo técnico sobre otros aspectos. Y esa debería ser, precisamente, una de las funciones silenciosas del sistema de protección civil: ordenar la respuesta, contener la presión y reservar la palabra emergencia para cuando la emergencia realmente exista. Porque si todo se convierte en emergencia, la emergencia deja de significar lo que debe significar. Y sí, si no se sabe qué hacer, siempre es mejor aplicar el principio de precaución y subir el nivel a emergencia cuando no la hay, que no hacerlo a tiempo cuando es necesario. Pero oye, he puesto, “si no se sabe qué hacer”, pero siempre hay alguien que sepa y más cuando hay tiempo para la planificación serena y técnica, ¿no?























