Tras el paréntesis de la anterior entrada, regreso al Ecosistema de Seguridad contra incendios y vida de NFPA©. Hoy veremos, también de forma general el segundo de los componentes del mismo: Desarrollo y Uso de Códigos Actuales.

Porque es mejor disponer de normas que vivir sin ellas.

Imaginemos un mundo sin Normas o Códigos en cualquiera de los aspectos de la vida, por ejemplo, circulación viaria, energía, lenguaje, economía, etc. todos debemos estar dispuestos a cumplirlos, pues es la mínima garantía de un resultado óptimo en su ámbito de regulación.

En el caso de la Seguridad ante Incendios, las ediciones actualizadas de los códigos y normas incorporan los resultados de investigaciones recientes, avances tecnológicos, estudios de casos investigados, experiencias de pérdidas y mejores prácticas probadas en las condiciones más aproximadas a las reales. Los códigos y normas se actualizan (o deberían) normalmente en ciclos de tres a cinco años para reflejar nuestro mundo cambiante.

Muchos somos los que creemos que el conjunto de Regulaciones y Normas son una obra permanente e inacabada, que así deben considerarse y seguir evolucionando, que necesitan ser objeto de crítica proactiva para continuar mejorando, eliminándose las partes obsoletas e incorporando la actualidad de las cosas. Desde el primer RSCIEI me ha chocado ver que en las tablas de carga de fuego, se mantienen referencias a actividades como la fabricación de cochecitos de bebé (actividad que procede del Método de Evaluación del Riesgo de Incendio Max Gretener que es del año 1965) y hasta donde sé, realmente sólo hay tres fabricantes en España.

¿Es imposible estar al día? No, pero siempre dependerá del nivel de protección cumplimiento del que se parte, alcanzar una Seguridad actualizada es muy sencillo mediante actualizaciones periódicas, por el contrario, una deficiente situación, requerirá esfuerzos técnicos y/o económicos a veces muy difíciles de afrontar, es en estos casos donde se debe tener consciencia de la situación y hacer los esfuerzos necesarios para alcanzar niveles razonables de Seguridad.

Por otra parte, las regulaciones deberían permitir, facilitar y premiar la actualización a los avances tecnológicos y sociales tanto en los Riesgos y Situaciones como en las medidas de Prevención y Protección.

Simplificando mucho, los Reglamentos, que son las “Leyes” que exigen la adopción de las Normas en el ámbito Nacional son los siguientes:

  • RIPCI – 2017.
  • RSCIEI – 2004.
  • CTE-DB-SI.

Incluso la Ley de Prevención de Riesgos Laborales debe ser considerada un Reglamento relacionado con la Protección Contra Incendios.

Las Normas que recogen estos Reglamentos, son los Códigos de Diseño, Instalación, Mantenimiento, Construcción de equipos, etc que hay que seguir para cumplir con los objetivos de Seguridad pretendidos por los Reglamentos.

No debemos olvidar que los Reglamentos plantean objetivos de mínimos y tienen carácter generalista, es decir, que son la base para una mínima protección en entornos generales, que deben estar acompañados de un análisis realista, honesto y pormenorizado de cada caso, ya que iguales actividades pueden suponer Riesgos diferentes. Una vez establecidos los criterios de protección es el momento de aplicar las Normas.

Y aquellos que cumplen con los Reglamentos anteriores a los actuales, o que directamente (por fecha de construcción, inicio de actividad, etc) no están obligados a aplicarlos, lo pueden hacer de forma voluntaria, reduciendo posiblemente de forma muy importante su exposición a las consecuencias de un incendio. Mantener esa situación de cumplimiento con requisitos del pasado, es equiparable a tener un alimento caducado en la despensa.

Por experiencia sé que se dan múltiples casos realmente curiosos y dispares en relación a la aplicación de los Reglamentos y Normas. Desde quien los analiza en busca de oportunidades para tratar de incumplirlos usando la “ingeniería inversa” hasta aquellos que con preocupación buscan soluciones a problemas que todavía no se contemplan en el ámbito regulatorio nacional actual y se exponen a caer en manos de oportunistas, charlatanes o estafadores. En este segundo caso hay que acudir a entidades de confianza y solvencia en la materia, que puedan aportar las soluciones de vanguardia adecuadas, eficaces, comprobadas y aceptables.

Debido a la facilidad de acceso a información relevante que sobre este tema hay disponible y que se recibe desde diversos puntos (la propia empresa, las aseguradoras, etc), la gran mayoría de gestores de actividades entiende conscientemente los riesgos que asume, es decir sabe cuáles son los Riesgos a los que está sometido y los Reglamentos a cumplir. En cualquier caso, nunca está de más que nos recuerden los Reglamentos que pueden afectarnos y esa labor debe ser constante y dirigida a todos los niveles de la sociedad, tema que trataremos en una próxima entrada del blog cuando tratemos el componente del Ecosistema Población Informada.

En resumen, el uso adecuado de los Reglamentos y las Normas y Códigos actualizados no es una moda, es una necesidad, algo que se debe interiorizar a todos los niveles para que, tras un incendio, nadie tenga que echarse las manos en la cabeza arrepintiéndose de haber desatendido su Riesgo e Incendio mientras contempla las llamas, el humo y las cenizas.

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Redacción OPRA
Author: Redacción OPRA

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