Disposiciones mínimas de seguridad y salud en los lugares de trabajo

Real Decreto 486/1997, de 14 de abril, por el que se establecen las disposiciones mínimas de seguridad y salud en los lugares de trabajo. BOE núm. 97, de 23 de abril de 1997

En el apartado 3 del Anexo I del Real Decreto 486/1997, de 14 de abril, por el que se establecen las disposiciones mínimas de seguridad y salud en los lugares de trabajo se recogen las disposiciones de seguridad concernientes al riesgo de caídas en los locales de trabajo y en el apartado 7 lo que se refiere a rampas y escaleras, inclinaciones, dimensiones, y características antideslizantes de los suelos.

También el RD 486/1977 regula las características de las barandillas.

Enlace: https://www.boe.es/buscar/pdf/1997/BOE-A-1997-8669-consolidado.pdf

Entradas relacionadas

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *