Tasas del Servicio de Bomberos

Muchas administraciones facturan una tasa a los afectados por un incendio o por un rescate o por cualquier actuación del servicio de bomberos. ¿tiene que ser así?

Fecha: 4 de julio de 1990

Muchas personas víctimas de un incendio se sorprenden cuando al de un tiempo les llega una comunicación de su Ayuntamiento o Diputación informándoles de que tienen que realizar un pago correspondiente a la intervención del servicio de bomberos en su domicilio. Muchos vecinos no saben de la existencia de esa tasa obligatoria por la prestación del servicio de bomberos.

El hecho imponible de la tasa son los servicios prestados por el servicio de bomberos, en la relación que se cite en la Ordenanza municipal (o provincial) de Tasas.  Los sujetos pasivos de la tasa o sea a quién se le cobra la factura de la intervención del servicio son las personas físicas o jurídicas que soliciten o resulten beneficiados por la actuación.

Estas tasas comenzaron a aplicarse a partir de que el Tribunal Supremo sentenció en 1980 que la tasa de incendios que se cobraba a todos los vecinos era ilegal pues una tasa solo se puede aplicar por la prestación de un servicio prestado, como por ejemplo la tasa de recogida de basura, lo que no es el caso de la extinción de un incendio, pues hay muchos vecinos que no utilizan el servicio de extinción de incendios en todo el año.

Mi postura de hace treinta años

Recuerdo que cuando era el jefe del Servicio de bomberos de Bilbao, en los años 90, cada ejercicio, desde el Área de Hacienda municipal me requerían por escrito mi opinión sobre la actualización de la Tasa municipal del servicio de bomberos y todos los años proponía la retirada de dicha tasa por las siguientes razones:

  • Tener un Servicio de Prevención y Extinción de Incendios es una obligación de las Administraciones locales.
  • No hay argumentos que justifiquen que una actuación en la que participan policía local o autónoma, un servicio de ambulancias y el Servicio de Bomberos, sólo se envíe al ciudadano la factura de estos últimos.
  • El cobro de los servicios a los ciudadanos repercute a medio plazo en un mayor riesgo, ya que una vez que es conocido el elevado importe de la factura, un vecino que tenga un pequeño incendio en su casa tratará de apagarlo por sus medios antes de llamar a los Bomberos.
  • Además, teniendo en cuenta que la factura final está relacionada con el número de vehículos y dotación que se envía, los propios operadores de la central de bomberos “tratan solidariamente de reducir los costos de las intervenciones, enviando dotaciones más reducidas de lo habitual, lo que pueden provocar mayores pérdidas y riesgos”.

La asociación de jefes de bomberos se posicionó contra la tasa de incendios. La imagen que recoge la columna publicada en prensa es del 4 de julio de 1990.

Me consta que algunas administraciones están eliminando la aplicación de la tasa, con algunas excepciones como las negligencias o aquellas intervenciones que están cubiertas por compañías de seguros.

El objetivo ha de ser no añadir más desgracia a los vecinos tras un siniestro.

Javier Larrea
Author: Javier Larrea

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