Los medios de comunicación nos están alertando de los accidentes que se están produciendo por el uso de los VMP, vehículos de movilidad personal, conocidos popularmente como patinetes. En el año 2022 se contabilizaron en España 12 víctimas mortales en accidentes en los que se vieron envueltos los patinetes.
Los VMP son vehículos de una o más ruedas dotados de una única plaza y propulsados exclusivamente por motores eléctricos con una velocidad máxima por diseño comprendida entre 6 y 25 km/h.
Los patinetes tienen prohibido circular por travesías, vías interurbanas y autopistas y autovías que transcurren dentro de poblado. Asimismo, queda prohibida la circulación de estos vehículos en túneles urbanos.
También está prohibido que vayan por aceras, zonas peatonales, pasos de travesía, autopistas, autovías, vías interurbanas o túneles en ámbito urbano. Las vías autorizadas para circular las indicará una ordenanza municipal. Si no la hubiera, se permite la circulación por cualquier calzada urbana.
Así pues, hay que tener en cuenta que cada Ayuntamiento puede regular mediante una Ordenanza o una Instrucción, de una manera específica, la circulación de los patinetes eléctricos por sus calles o plazas, por lo que los usuarios de estos vehículos deben conocer bien esas disposiciones para no vulnerar la legalidad.
De cualquier forma, el Reglamento General de Circulación prohíbe expresamente la circulación de cualquier vehículo por las aceras y zonas peatones. Es decir que queda totalmente prohibido ir con los patinetes eléctricos por las aceras lo que es sancionable con 200 euros de multa.
Si los usuarios cumplen con la norma y los ayuntamientos la hacen cumplir se pueden prevenir muchos accidentes.