Prevención Riesgos Accidentes

El día 15 de marzo se celebra el DÍA MUNDIAL DE LOS DERECHOS DE LOS CONSUMIDORES. Entre todos los derechos que puedan tener los consumidores, en el Observatorio de Prevención de Riesgos y Accidentes -OPRA-, nos interesa especialmente la seguridad de los consumidores.

Autor: Javier Larrea. Presidente del Observatorio de Prevención de Riesgos y Accidentes
Publicación: Web OPRA www.opra.info • 14 de marzo de 2022

La seguridad de los consumidores en España está recogida como un derecho en el artículo 51 de la Constitución Española -CE-, que dice textualmente que Los poderes públicos garantizarán la defensa de los consumidores y usuarios, protegiendo, mediante procedimientos eficaces, la seguridad, la salud y los legítimos intereses económicos de los mismos”. Y añade el mismo texto constitucional que “Los poderes públicos promoverán la información y la educación de los consumidores y usuarios” y asegura en el mismo artículo que “fomentarán sus organizaciones y oirán a éstas en las cuestiones que puedan afectar a aquéllos, en los términos que la Ley establezca.”

Pero, como pasa en otros cuantos derechos recogidos en la CE, el mandato constitucional no siempre se cumple al pie de la letra por parte de esos poderes públicos encargados de garantizarlos.

El concepto de seguridad

La seguridad es un concepto ambiguo, muy difuso; el término seguridad no tiene un significado específico propio por lo que hay que complementarlo con otro sustantivo o adjetivarlo para que podamos entender a cuál de las muchas seguridades existentes nos estamos refiriendo. Hay seguridad ciudadana, seguridad contraincendios, seguridad vial, seguridad contra robo, seguridad laboral, seguridad social, seguridad alimentaria, seguridad en el empleo, seguridad aérea o marítima, seguridad económica, etc., etc., y otras muchas que el lector podrá añadir.

La seguridad es tan transversal que podemos encontrarla entretejida en cualquier actividad humana.

Cómo los poderes públicos garantizan la seguridad

Sin duda, una de las formas básicas que tienen los poderes públicos para garantizar la seguridad de los ciudadanos es la creación de servicios públicos en las distintas administraciones públicas del Estado, las CCAA, las provincias, las comarcas y los municipios. Y precisamente hay unos servicios públicos que se crean bajo el paraguas semántico de la seguridad: son los servicios propios de seguridad y protección ciudadana como los servicios de policía, bomberos, protección civil. No cabe duda de que el funcionamiento de estos y otros servicios públicos a cargo de la seguridad de los ciudadanos (todos nosotros consumidores de productos y servicios) es algo que nos atañe como receptores y usuarios de estos servicios, que además son pagados con los impuestos de todos, por lo que, como dice la constitución, las organizaciones de consumidores deberían ser oídas y tenidas en cuenta en la gestión de estos servicios pues son, por supuesto, cuestiones que les afectan. Sin embargo, si tomamos como ejemplo un servicio de policía y analizamos quiénes participan en sus órganos de gestión, vemos que tienen representación partidos políticos y sindicatos que son representantes de quienes prestan el servicio (políticos y funcionarios), pero no hay participación de los consumidores, a través de sus organizaciones, que son los auténticos receptores del servicio público. Parece que las organizaciones de consumidores, según el mandato constitucional, al menos deberían ser oídas. Por supuesto, este ejemplo que he puesto de las policías puede hacerse extensivo a otros muchos servicios públicos.

Para que no cupiese ninguna duda de esto, en la reforma de la actual Constitución debería recogerse la obligación de que los consumidores y receptores de los servicios públicos participen en su gestión.

Y qué hay de la prevención

Pues resulta que hemos descubierto que el término prevención no aparece en el texto de la CE ni una sola vez y como sabemos bien los prevencionistas no hay manera eficaz de garantizar la seguridad sin una adecuada prevención por lo que podemos afirmar que la intención de los padres de la constitución en su intención legislativa de querer garantizar la seguridad de los ciudadanos no está asegurada.

Así que, aquí tenemos otra propuesta para la nueva redacción de la futura Constitución Española: “La obligación de los poderes públicos de establecer servicios de prevención de accidentes”.

Redacción OPRA
Author: Redacción OPRA

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4 comentarios en «La seguridad de los consumidores»

  1. Los consumidores son la esencia de la economía pues a ellos está dirigida toda la maquinaria de producción de bienes y servicios, y es la herramienta fundamental para mejarar la producción de ambos, así que plantear objetivo éticos que se manifiesten en principios y valores de esta sociedad sería fundamental, y quiero hacer una propuesta por qué no postulamos dichos principios y valores con el consenso absoluto de todos, es decir me refiero a que no existan diferencias de tipo político que puedan generar dudas acerca de la definimción de ellos, quizas el Observatorio de Prevención de Riesgos y Accidentes pudiera liderar dicha iniciativa (por supuesto con la premisa de la prevención de riesgos), y mejorada con el concurso de las ideas de todos. Saludos

    1. Gracias Sergio, por tu propuesta y por tu confianza en la capacidad de este Observatorio. Hoy por hoy, con nuestra breve trayectoria, no creo que tengamos la fuerza necesaria para liderar una iniciativa de esa envergadura, pero no hay que descartar que en un futuro no muy lejano adquiramos un cierto poder de representación como para hacerlo, Saludos.
      Javier Larrea

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